La jueza María Isabel Benavente y la especialista en obligaciones civiles y comerciales, Sandra Wierzba estuvieron a cargo del primer panel del Congreso de Actualización del Código Civil y Comercial. Desarrollaron varios conceptos, entre ellos, la fertilización asistida, el reemplazo del sistema tutelar para las personas discapacitadas y la autonomía progresiva a partir de los 13 años.
La jueza María Isabel Benavente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y la doctora en Derecho y profesora de obligaciones civiles y comerciales Sandra Wierzba, fueron las encargadas de abrir la ronda de paneles en el Congreso de Actualización del Código Civil y Comercial, que tiene lugar desde hoy y hasta mañana en el Museo del Bicentenario, en Paseo Colón 100, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Frente a un auditorio que contó con más de 800 inscriptos, las especialistas abundaron sobre los aspectos que en el nuevo Código hacen a “los derechos de la persona humana”.
Sandra Wierzba y María Isabel Benavente.
Comienzo de la existencia de la persona humana
En el panel titulado Persona humana. Salud mental. Bioética. Hechos y actos jurídicos y de las obligaciones, Wierzba habló sobre el capítulo referido al “comienzo de la existencia de la persona humana”, de manera tal de reconocer sus derechos y deberes jurídicos. La especialista indicó que el nuevo CCyC no introduce modificaciones sustanciales sino que mejora la redacción del código elaborado hace 150 años por Dalmacio Vélez Sarsfield, introduciendo, por ejemplo, aspectos que hacen la reproducción asistida con técnicas médicas.
Personas discapacitadas: un sistema para eliminar las barreras
La jueza María Isabel Benavente se explayó sobre la “constitucionalización del derecho civil” y, en otro momento, sobre la regulación de los derechos de las personas afectadas por una discapacidad. “A nadie se le ocurrió pensar que íbamos a cambiar el Código atendiendo a la dignidad de las personas con discapacidad", dijo la magistrada. En definitiva, se refirió al reemplazo de “un sistema tutelar que anulaba a la persona” por otro basado en “eliminar las barreras que le impidan la toma de decisiones autónomas” para el ejercicio de sus derechos. "La personas con discapacidad va a tener un sistema de apoyo", agregó.
Consentimiento informado
Wierzba retomó luego la ponencia abundando sobre el derecho a la autonomía en los casos de “consentimiento informado”, que consiste en la declaración de voluntad del paciente respecto a la ejecución o no del procedimiento o terapia médica. “Hay un extenso detalle de qué se debe informar para recibir un tratamiento médico”, dijo la abogada y luego se refirió, entre otros puntos, a la posibilidad de las personas de dejar directivas médicas anticipadas, en caso de no estar apto para hacerlo en un futuro.
Autonomía progesiva
La doctora habló además sobre la incorporación de la figura de la “autonomía progresiva” para que partir de los 13 años los adolescentes puedan “decidir autónomamente” sobre los tratamientos médicos “no invasivos, ni especialmente riesgosos” y como mayores de edad, de manera “absolutamente autónoma”, a partir de los 16. Además, abundó sobre la reglamentación de los trasplantes de órganos, el derecho y los límites a la captación y la reproducción de la imagen, la prohibición de las alteraciones genéticas, el derecho de los pacientes a recibir información completa y suficiente sobre los tratamientos médicos que lo afecten, entre otros puntos.
Wierzba, María Paula Pontoriero, directora de Infojus y Benavente.
Finalmente, la jueza Benavente cerró la ponencia destacando la incorporación de regulaciones sobre la firma digital, y aspectos que hacen a la definición documentos como las escrituras públicas, actas notariales y la regulación de la contabilidad y los estados contables, definidas en la parte comercial del Código. La jornada continuará desarrollándose hasta mañana con la participación de los redactores del Código comentado editado Infojus, el sistema argentino de información jurídica del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que garantiza el acceso al nuevo Código de manera gratuita, en papel y en su propio sitio web.
[Desde acá podés descargar en nuevo Código Civil y Comercial y el Tomo I de la versión comentada]
MB/LC