Lo dijo el secretario de Comercio, Augusto Costa, en referencia al dictamen de mayoría que obtuvo ayer en el Senado, el paquete de leyes para proteger los derechos de los consumidores.
El secretario de Comercio, Augusto Costa, aseguró que el dictamen de mayoría que obtuvo ayer en el Senado el paquete de leyes destinado a proteger a usuarios y consumidores "es el resultado de un trabajo mancomunado" con los distintos sectores involucrados en las normas.
Costa también agregó que, a través del diálogo, se pudieron “consensuar” las iniciativas enviadas desde el Poder Ejecutivo.
El balance de Costa llegó tras la reunión en la que, con algunos cambios, se habilitó la discusión para debatir la semana próxima en la Cámara alta los proyectos oficiales que proponen la modificación de la Ley de Abastecimiento, la creación de un Observatorio de Precios y de un Fuero Judicial para agilizar los reclamos de consumidores.
"El Congreso de la Nación es lugar por excelencia para el debate y hoy (por ayer) hemos demostrado que, como dijimos desde el día que se presentaron las leyes, sólo queremos darle herramientas a los ciudadanos para que puedan defenderse ante los abusos", afirmó Costa.
Observaciones y modificaciones:
Entre los cambios que se introdujeron, a partir de las observaciones y sugerencias de representantes empresariales, se estableció la dirección del local donde se produjo la relación de consumo como jurisdicción para la resolución de los conflictos y no la del domicilio del usuario y/o consumidor.
En el proyecto de creación del Observatorio de Precios se incorporan como miembros, además de las asociaciones de consumidores, a representantes de reparticiones públicas y asociaciones empresariales locales y provinciales.
Respecto de la Ley de Abastecimiento se eliminan del alcance de la nueva legislación, a pedido de las pymes, a las micro, pequeñas y medianas empresas, aunque con la salvedad de que las medianas “no deben detentar una posición dominante” en el mercado.
En respuesta a los pedidos de las grandes corporaciones empresarias, se describieron los casos frente a los cuales la autoridad de aplicación podrá ejercer sus facultades. El proyecto presentado por el Gobierno decía que la ley podía aplicarse “en caso de que sea estrictamente necesario”, mientras que ahora se explicitan como motivos el aumento infundado de precios, revaluación de existencias, acaparamiento de mercadería, destrucción de mercaderías, reducción sin causa de la producción habitual, negativa injustificada de venta o prestación de servicio y desvío injustificado de provisión de bienes en una zona o región.
En lo que respecta a las sanciones de clausura temporaria para quienes incumplan la ley se estableció que estas deben ser realizadas con una "autorización judicial” mientras que la sanción la “clausura definitiva” fue eliminada.