El miembro de la Prefectura Carlos José Ramón Shaller fue el único condenado por los crímenes de lesa humanidad cometidos en 1974 contra la militante Marta Querejeta, de 16 años. La querella había pedido penas entre 20 y 14 años para los tres acusados.
El Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín fijó la pena de tres años de cumplimiento efectivo para Carlos Ramón Schaller, miembro de la Prefectura. En tanto, los otros dos imputados, Oscar Rubén Montagano y el médico de la policía Carlos Quetglasmiembros de la Prefectura, fueron absueltos. Los tres estaban acusados de secuestrar y torturar en diciembre de 1974 a Marta Querejeta, militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) de 16 años, que tenía un embarazo de dos meses. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 12 de diciembre próximo.
El fiscal Marcelo García Berro había pedido penas de entre 14 y 2 años para los acusados, mientras que la querella, representada por Pablo Llonto, pidió entre 20 y 14 años.
Según se reconstruyó en el debate, el 5 de diciembre de 1974, un grupo de tareas a cargo de un hombre de apellido Benítez llevó a Marta a la Prefectura Naval de Campana. Ahí fue interrogada por ese hombre y por el jefe de la dependencia, Carlos José Ramón Shaller, sobre su militancia en el PRT. Como no dijo nada, Benítez la llevó a una casa en Tigre o San Fernando para someterla a largas sesiones de tortura. En medio de los tormentos gritó que estaba embarazada. Sus captores le creyeron y la devolvieron al edificio de Prefectura.
Marta fue vista en ese edificio custodiada por el ex oficial Oscar Rubén Montagano. Un conscripto, durante el debate, confirmó que la chica estaba como perdida y que el prefecto la mantenía cautiva. De ese lugar salió en libertad con su cuerpo malherido por golpes y picana. El médico de policía Carlos Quetglas libró un certificado de salud sin revisarla y con la intención de cubrir lo que Marta tuvo que vivir durante su cautiverio.
Con la prueba que se produjo durante el juicio, García Berro, en su alegato, pidió que Shaller fuera condenado a 14 años de prisión, por considerarlo autor de los delitos de dos allanamientos ilegales, privación ilegal de la libertad agravado y torturas agravadas por tratarse la víctima de una perseguida política. El representante del Ministerio Público entendió que Montagano le cabían los mismos delitos que a Shaller, sin los allanamientos. Por eso pidió para él la pena de 10 años de prisión.
Para el caso de Quetglas, García Berro pidió 2 años de prisión por los delitos de encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público. El fiscal le explicó a Infojus Noticias que según la prueba que se dio a conocer en el debate, la imputación por torturar a Quetglas –así llegó a juicio– no era correcta. “Desde el inicio de la causa, por lo que puede apreciarse, el hecho debe imputarse no es torturas, sino encubrimiento en concurso ideal con el incumplimiento deberes funcionario público”, dijo.
El fiscal considera probado que Quetglas extendió un certificado de salud sin siquiera revisar a Marta y que no denunció, como correspondía, los tormentos a los que fue sometida la chica. Vale aclarar que los testigos confirmaron que al recuperar la libertad, Marta tenía las secuelas de la tortura visibles.
Desde la querella, Llonto entendió que tanto Shaller como Montagano deberían ser condenados a la pena de 20 años, mientras que para el médico Quetglas pidió 14. Los jueces Héctor Sagretti, Marta Milloc y Diego Barroetaveña serán los encargados de dictar sentencia.