Una nena de 12 años fue abusada por un hombre de 40 entre octubre y noviembre de 2012. El fallo de primera instancia lo había absuelto pero la Cámara del Crimen lo revocó y lo procesó.
La Cámara del Crimen revocó un fallo de primera instancia que había absuelto a un hombre por el delito de abuso sexual simple, en una causa en la que se comprobó que tenía una relación con una niña a la que besó en la boca. La Cámara procesó al hombre sin prisión preventiva y trabó embargo sobre sus bienes por 20 mil pesos.
Una compañera de trabajo de la tía de la menor fue testigo. Vio desde el colectivo cuando la niña de 12 años, estaba en una parada de colectivos junto a un hombre (40) y alertó a su compañera. La tía llamó a su cuñada, la madre de la niña, y le contó lo sucedido. Después la madre contó que intentó hablar a su hija al teléfono celular pero lo encontró apagado. La cuñada le dio una descripción física del hombre que estaba con la niña en la parada del colectivo. La madre dijo que “tenía la sospecha de que su hija “salía” con un hombre mayor de edad”.
Ahora la sala VII de la Cámara del Crimen -con las firmas de Juan Esteban Cicciaro, Mauro Divito y Mariano Scotto- revocó una sentencia de primera instancia y procesó por el delito de abuso sexual simple al hombre.
Además del episodio de la parada del colectivo, en el expediente se corroboró que “en una fecha no precisada entre los meses de octubre y noviembre de 2012…luego de reunirse con la nombrada se habrían besado en la boca” y que “habría mantenido una relación amorosa con la menor, que implicó salidas juntos e intercambios de mensajes de texto, en el marco de lo cual ocurrió el episodio previamente descripto”, consigna el expediente.
En su declaración la niña admitió haber besado al hombre. Para los jueces, la existencia de mensajes de texto entre ambos “ilustran acerca de la fluida relación mantenida entre el imputado y la niña” y que “se trataba de un vínculo con cierta persistencia”. A esto se suman las pericias psicológicas realizadas a la niña donde se observaron “signos de vulnerabilidad emocional”. Para los magistrados fueron suficientes motivos para procesar al hombre por abuso sexual simple sin prisión preventiva y trabar un embargo de 20 mil pesos en sus bienes.