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Infojus Noticias

22-10-2014|10:45|Corte Suprema Nacionales
Lo decidió el máximo tribunal

Racing deberá pagarle 150 mil dólares a la ex gerenciadora del club

Es por la venta de Matías Sánchez en 2008 cuando aún no había sido concluido el contrato de gerenciamiento entre el club y la empresa Blanquiceleste S.A. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró “inadmisible” un recurso de queja presentado por el club de Avellaneda.

  • Foto: Captura de pantalla.
Por: Gustavo Ahumada

Un redoblante voló por el aire y golpeó directo en la cabeza de Daniel Lalín, entonces presidente de Racing Club de Avellaneda. La imagen tiene más de 16 años, pero representó todo lo que después derivaría en el gerenciamiento del club y hasta en un campeonato en 2001. Aunque aún hoy en la justicia siguen estando presentes los resabios de aquellos años.

En enero 2008 la entonces empresa gerenciadora del club, Blanquiceleste S.A, todavía tenía en su poder en el comercio del fútbol y se produjo la venta de Matías Sánchez, a un grupo empresario. En la transacción, la firma Dulles Company S.A./Joeur S.A fue quien pagó el precio del jugador, más de 700 mil dólares, dinero que fue percibido por el club.

En junio de ese 2008, luego de ocho años de gerenciamiento (aunque el contrato le otorgaba la posibilidad de 10 con renovación), la justicia rescindió el contrato y puso un interventor. Momento antes se produce la venta de Sanchez y por eso Blanquiceleste S.A. inició una causa para que se le “restituyan” unos 150 mil dólares que le correspondía por la venta del jugador.

Aunque en primera instancia, se decidió que era “prematuro juzgar sobre la procedencia del reintegro solicitado”, porque se estaba discutiendo la resolución del contrato de gerenciamiento la sala II de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata revocó esto y ordenó la restitución de esos fondos.

En esa sentencia los jueces sostuvieron que el contrato entre el club y la gerenciadora constituye un vínculo de colaboración y de duración donde “se establecieron pautas para la celebración de contratos” entre las cuales se encuentran las “referidas a la transferencia de los derechos que la entidad tiene con relación a los jugadores profesionales”. La sala entendió que esto generaba un “derecho de cobro” de la empresa y por eso hizo lugar a su reclamo.

El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires que en abril del año pasado confirmó lo dicho por la cámara. El tribunal consideró que la venta del jugador había sido antes de que se concluyera el contrato de gerenciamiento y por eso le correspondia a la empresa recibir el porcentaje de la venta del jugador.

Racing Club volvió a apelar. Patrocinado por el abogado Alfredo Abuin, el club llevó el caso a la Corte Suprema porque consideraba que “la gerenciadora se beneficiaba con las cesiones de jugadores como contraprestación de las obligaciones que la empresa tenía con la quiebra y que por haber incumplido las obligaciones a su cargo, el contrato de gerenciamiento fue resuelto judicialmente”. Por eso Blanquiceleste no tenía derecho a “participar en la distribución del saldo de precio de la cesión del jugador Sánchez”.

Pero los jueces del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, declararon inadmisible el recurso presentado y confirmaron así la sentencia. Racing Club deberá pagarle los 150 mil dólares a la ex gerenciadora.

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