La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo entendió que las disposiciones contenidas en la Ley de Medios porteña interfieren con el ejercicio de las atribuciones conferidas a la autoridad federal por la Ley Nº26.522 en cuanto a los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina.
Para la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo son 19 los artículos de la ley de medios porteña que impiden la aplicación de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada por el Congreso en 2009. De esta manera, la legislación porteña impulsada por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, a partir de un decreto de necesidad de urgencia, y confirmada en la Legislatura con el apoyo de la UCR, la Coalición Cívica y Proyecto Sur, quedará suspendida haciéndose lugar así al pedido de la Autoridad Federal de Servicios Audiovisuales (Afsca) quien había apelado el fallo en primera instancia.
"Se advierte que prima facie las disposiciones contenidas en la Ley de la Ciudad de Buenos Aires interfieren con el ejercicio de las atribuciones conferidas a la autoridad federal por la Ley Nº26.522 en cuanto a los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina", se argumenta en el fallo de la Sala V integrada por los camaristas Guillermo Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani.
Martín Sabbatella, titular del Afsca, fue contundente al considerar al a ley porteña un “engendro jurídico” y, a la vez expresó que “si bien todavía no hay una definición sobre la cuestión de fondo, que es la obvia inconstitucional de ese mamarracho que Macri le regaló a Magnetto; está clarísimo que nadie serio puede creer que una ley local frena los efectos de lo que fue sancionado por el Congreso, promulgado por el Poder Ejecutivo y respaldado por la Corte Suprema de Justicia".
Ahí está el punto fuente del fallo de la Cámara, los artículos en contradicción entre la ley porteña y la nacional ponen en evidencia la nulidad de la primera. "La Justicia lo que hace, con absoluta racionalidad, es impedir que se use ese engendro jurídico entendiendo que ninguna ley local puede estar por encima de una nacional y avalando los argumentos que nosotros dimos cuando solicitamos la medida cautelar", confirmó Sabbatella.
El camino judicial de oposición a esta ley por parte de la Afsca comenzó en julio pasado cuando el titular de la entidad, Martín Sabbatella, solicitó a la Justicia que se declare inconstitucional y que mientras tanto, se suspenda su aplicación. La jueza de primera instancia, Liliana Heiland, rechazó el recurso y por, la Afsca apeló ante la Cámara que en su fallo hizo lugar al pedido. Ahora, desde la Procuraduría General de la Ciudad de Buenos Aires se analiza apelar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia.