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Infojus Noticias

26-2-2015|16:52|Despidos Nacionales
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El viernes pasado se firmó la resolución

Shell debe reincorporar al tercer trabajador despedido por agremiarse

La decisión, tomada por la Cámara Laboral, está en línea con las otras dos resoluciones firmadas el año pasado. Al respaldar los fallos de primera instancia en favor de las medidas cautelares para reincoporar a los cesanteados, los camaristas consideran verosímil la denuncia por discriminación gremial.

  • Télam
Por: Pablo Waisberg

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le ordenó a la petrolera Shell que reincopore a otro trabajador despedido por su actividad gremial. Se trata del tercer caso en los últimos cinco meses. En cada uno de ellos fue necesario tener una resolución de Cámara para que la empresa cumpliera las decisiones de los tribunales laborales. El primer reingreso, logrado en septiembre del año pasado, se concretó después de que una jueza laboral planteara la posibilidad de llevar al presidente de la multinacional, Juan José Aranguren, ante el fuero penal. Recién en ese momento se logró el primer ingreso, en noviembre fue el segundo.

La resolución de la Sala 10 de la Cámara laboral fue firmada el viernes pasado. Allí, los camaristas consideraron que, tal como denunciarion los trabajadores despedidos, existió un despido discriminatorio y confirmaron la medida cautelar para reinstalar en su puesto de trabajo a Gustavo Michel, operario del sector craking catalítico y bombero de la planta. Lo mismo había ocurrido con los casos de Ana Portillo y Fernando Luna, quienes habían sido despedidos junto con Michel el 30 de abril del año pasado del Polo Petroquímico de Dock Sud.

“La cautelar no se confunde con el fondo del asunto ya que ella tiene a evitar un gravámen durante el lapso de sustanciación del proceso abreviado como es el sumarísimo y por ende la reincoporación dada por el juez es preventiva”, indicaron los camaristas en la resolución a la que tuvo acceso Infojus Noticias.

Según la denuncia que llevó adelante el abogado Matias Aufieri, las cesantías fueron concretadas por Shell en medio de una disputa gremial entre sus defendidos -fueron nueve los trabajadores despedidos pero sólo tres llevaron el caso a los tribunales- con el oficialismo del Sindicato Petróleo y Gas Privado de Avellaneda (SPyGPA), que encabeza el diputado del Frente Renovador Alberto Roberti.

“La semana pasada se conoció la resolución del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien rechazó un recurso jerárquico del diputado massista y su sindicato, con lo cual confirmó la ineficacia jurídica de las últimas elecciones realizadas en Shell previas a los despidos de los nueve empleados. El sindicato había impugnado y proscripto sin fundamentos a la lista opositora que incluía a quienes luego fueron despedidos”, indicó Aufieri.

Las reincorporaciones que la justicia laboral había ordenado julio del año pasado comenzaron a concretarse en septiembre. Fue con el ingreso de Portillo, que se concretó después de que el juez Alberto González realizara un intimación, basada en un fallo de la Cámara laboral de agosto pasado, para que la técnica de laboratorio fuera reicorporada en veinticuatro horas. En esa resolución advirtió que si no se cumplía la decisión judicial denunciaría al presidente Aranguren por “desobediencia” ante el fuero penal, que prevé penas de prisión de quince días a un año.

Además, el juez González ratificó la multa de dos mil pesos diarios “por cada día que subsista el incumplimiento de la manda dispuesta a partir del 7 de agosto de 2014”, donde se ordena reincoporar a Portillo. Dos después, Shell cumplió con la reinstalación de Luna, empleado en el sector Craqueo Término en el Polo Petroquímico de Dock Sud.

En los tres casos, las distintas salas de la Cámara laboral adoptaron definiciones similares ante las denuncias por discriminación gremial y la presentación de medidas cautelares para la reincoporación de los despedidos mientras se sustancia el proceso judicial. “Los elementos indiciarios aportados resultan suficientes para tener por verosímil la vinculación que se alega entre el despido incausado y la actividad sindical desplegada por la demandante”, indicaron los camaristas de la Sala 6, Graciela González, Miguel Maza y Luis Raffaghelli, en la primera resolución sobre el conflicto, que fue una respuesta a la apelación de la empresa petrolera.

Los derechos gremiales “prevalecen sobre los de orden patrimonial que pueda invocar la empleadora, siempre remediables cuando la pérdida de derechos sindicales sería definitiva y se proyectaría sobre otros derechos de igual rango constitucional”, había explicado el camarista Raffaghelli en su voto sobre el caso Portillo.  

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