En su fallo, la Corte dejó en claro que el plazo de desinversión de un año previsto por la ley está vencido. "La autoridad regulatoria, que es el AFSCA, puede decir que mañana lo intima (al Grupo Clarín) a que se adecue, o darle una semana para que lo haga", dijo Gustavo López, subsecretario de la Presidencia.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Seis de los siete ministros del máximo tribunal consideraron que no existe agravio a la libertad de expresión. Con algunas disidencias, la Corte declaró la validez de los cuatro artículos apelados por el Grupo Clarín: el 41, el 45, el 48 y el 161.
El artículo 48 de la ley refiere a las “Prácticas de concentración indebidas”. Allí se hace referencia a la desmonopolización. Dice que deben revisarse los vínculos societarios entre un titular y otro, para evitar la concentración, y que no podrán alegarse “derechos adquiridos” sobre las licencias.
El abogado del Centro de Estudios Legales y Sociales y uno de los redactores de la ley, Damián Loreti, explicó que “nadie ha demostrado que la limitación a las licencias suspende la sustentabilidad” y lo haga menos rentable. “Los mecanismos que se tomaron en la ley son razonables y consistentes con los cantidad de licencias, techos de concentración tanto del cable, y no es inconstitucional el plazo”, explicó.
En su fallo, la Corte dejó en claro que el plazo de desinversión de un año previsto por la ley está vencido. "La autoridad regulatoria, que es el AFSCA, puede decir que mañana lo intima (al Grupo Clarín) a que se adecue, o darle una semana para que lo haga", dijo Gustavo López, subsecretario de la Presidencia al canal CN23. "Si eventualmente sufrieran un perjuicio por tener que vender, pueden pedir una indemnización", explicó. Y ejemplificó: "Si mañana me expropian mi casa y me quieren pagar un precio que no es adecuado tengo derecho a reclamar una indemnización".
El titular del AFSCA, Martín Sabbatella, explicó que el Grupo Clarín será incorporado “al proceso de adecuación que ya está en marcha”. “Lo que vamos a hacer es darle continuidad al proceso de adecuación en los tiempos y procedimientos que establece el AFSCA”, agregó.
Según explicó el abogado y profesor de Derecho en la Universidad de La Pampa Gustavo Arballo en la web saberderecho.com en el fallo de la Corte los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Enrique Petracchi consideraron que Clarín “podría reclamar compensación por eventuales afecciones a derechos patrimoniales que surjan de la implementación de la ley”. Zaffaroni no dice nada al respecto.
El fallo de la Corte, detalló Arballo, “le da (al grupo) una base para judicializar los actos administrativos”. Estas demandas “pueden reabrir procesos y eventuales arbitrajes judiciales a escalas menores. Excluyo de este escenario a las eventuales demandas en tribunales internacionales que no tienen chance alguna de ser admitidas”, agregó.