Intentó salir del país con más de 45 mil dólares en efectivo. Entre 1992 y 2011 realizó 600 viajes al exterior, varios de ellos a países limítrofes por horas, incluso por minutos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) pidió la elevación a juicio la causa por contrabando de dólares contra el sindicalista Carlos Quintana, quien junto a su esposa intentó sacar del país más de 45 mil dólares sin declarar. Iban rumbo a Colonia, Uruguay, cuando los detuvieron en julio de 2011. El dirigente de UPCN y vínculo directo con el moyanismo dijo que desconocía el límite que sólo se pueden sacar del país hasta 10 mil dólares en dinero físico por persona pero la UIF demostró que “realizó 600 viajes al exterior” entre 1992 y 2011. Muchos de ellos a países limítrofes y algunos por lapsos de horas e incluso de minutos.
“No podía desconocer la legislación vigente”, indicaron a Infojus Noticias fuentes de la investigación que comenzó poco después de que Quintana y su esposa, Norma Lidia Murta de Quintana, intentaron salir de la Argentina con 45.123 dólares por la terminal porteña de Buquebus. En ese momento, el dirigente de UPCN bonaerense dijo que sólo llevaba “una cantidad de dólares apenas por encima de lo permitido para dos personas. La plata estaba en un bolsito de mano" y recordó que ganó el Loto en 1998.
También dijo que llevaba todo el dinero en un bolso de mano pero la investigación arrojó que sólo una parte de los dólares estaban ocultos en ese bolso. El resto estaba en un bolsillo de Quintana, en la cartera de Murta y en una bolsa de nylon dentro de un zapato en la valija despachada a nombre de la mujer.
Sin embargo, lo que está en discusión en la causa no está solo en el origen de los fondos sino su supuesto contrabando. Por eso, la UIF denunció que el matrimonio actuó “con dolo directo” y pidió la elevación a juicio por el delito de contrabando, previsto en el artículo 864 inciso “d” del Código Aduanero y la violación de la Resolución 2705/2009 de la AFIP, que establece un límite de 10 mil dólares por persona para sacar dinero físico del país.
Además, la UIF –en su condición de querellante- pidió al juez en lo Penal y Económico Gustavo Meirovich que los acusados amplíen su declaración indagatoria por el delito de Lavado de Activos porque –consideró- no cuentan con ingresos suficientes para justificar sus bienes.
La causa, que podría dejar la etapa de instrucción, fue rescatada por la fiscal Carolina Robiglio, quien apeló el sobreseimiento de la Cámara en lo Penal y Económico y la Cámara de Casación revocó el fallo. Esa medida desembocó en el procesamiento de los acusados.
En su presentación como querellante, el organismo que encabeza José Sbattella había señalado que correspondía aplicar la figura penal de lavado de dinero. Indicó que ese delito se configura “a través de cualquier acción u omisión mediante la cual se pretenda otorgar apariencia de legitimidad a los bienes obtenidos por la comisión de delitos, con el fin de reintegrarlos al circuito económico legal desvinculados de su origen”.
“De modo, que el intento de fugar esos capitales constituye una acción en pos de borrar el verdadero origen de los fondos a fin de aparentar otro distinto”, agregó.