La responsable de pagar es la escuela, que no apoyó a la profesora de matemáticas cuando decidió iniciar acciones legales por la amenaza.
Una docente de una escuela privada fue amenazada de muerte por una alumna. Inició acciones legales contra la joven, pero la institución no la apoyó sino la hostigó para que desistiera de la denuncia. Ahora la escuela deberá indemnizarla con casi 100 mil pesos.
El escenario fue el patio del colegio de la Escuela Argentina General Belgrano SRL, ubicado en pleno barrio de Belgrano en Capital Federal en el año 2007. A.J amenazó a su profesora de matemáticas F. No era una amenaza cualquiera por lo que la mujer decidió iniciar acciones penales contra la mujer. La mujer pensaba que ante la situación violenta que sufrió el establecimiento educativo privado la apoyaría en su decisión de realizar la denuncia penal. La presentó. Sin embargo allí comenzó todo.
Las acciones incluían “maltrato verbal” hacia ella y la no adopción de medidas de seguridad por parte del establecimiento ante las amenazas sufridas. La mujer “debió solicitar licencia sin goce de haberes en el turno tarde dada la inacción por parte de la escuela”. Al no haber cambios, la docente se “consideró despedida” y fue a la justicia laboral para obtener una indemnización por los daños que le causó la situación. La docente fue alegaba sufrir de una “neurosis fóbica panicosa” provocada por “la campaña de persecución llevada adelante por personal directivo y ejecutivo del Instituto”
En primera instancia el reclamo de la docente fue desestimado ya que “se probó que la alumna A.J. no había sido matriculada para el año 2008” por lo que “ya no existía tal fuente de temor. La mujer apeló esta sentencia y la causa llegó a la sala V de la Cámara Laboral, integrada por Enrique Néstor Arias Gibert y Oscar Zas. Aquí las posturas cambiaron.
La empresa (instituto educativo privado) explicó que “el establecimiento adoptó la máxima medida disciplinaria permitida”. No obstante, uno de los testigos aportados en la causa aportó sobre el maltrato. Sostuvo que durante una conversación telefónica entre la profesora y la rectora del establecimiento privado se dio una “conversación muy ruda” donde la autoridad del establecimiento le dijo a la profesora que su continuidad en el establecimiento “estaba relacionada de alguna manera con el retiro de la denuncia contra la menor”. La rectora intentó explicar que “le hacían entender a la profesora que lo que ella deseaba –que era la expulsión de la alumna- no era posible”.
Este trato hostil se constató con otro testimonio, el del preceptor del colegio quien contó en el expediente que la profesora le contó sobre una charla que tuvo con la rectora: “La rectora le decía que la iban a denunciar de discriminación de parte de la alumna que la había agredido”, le dijo. Según consta en el expediente la mujer incluso fue puesta en la mesa de examen donde debía rendir la alumna que la amenazó y su hermano.
Ante esto, los jueces de la cámara, consideraron que efectivamente la mujer “vivió una situación de angustia frente a la amenaza sufrida por una alumna” pero además “no encontró la contención y el resguardo adecuado por parte de los directivos del colegio”. A pesar de ser “víctima de una situación violenta por parte de una alumna” en la escuela “la institución no adoptó ninguna medida tendiente a proteger la integridad psíquica de la trabajadora”. Es más, “lejos de contener a la profesora y apoyarla en su decisión personal de efectuar la denuncia penal” la institución “adoptó una actitud displicente tratando de minimizar los hechos”.
En ese sentido tomando en cuenta también los dichos por los peritos psiquiátricos en la causa, los jueces consideraron que la mujer debía ser resarcida económicamente por el daño sufrido e hicieron lugar a la demanda de la profesora. Por lo que la “consideraron despedida” y ordenaron resarcirla económicamente, tanto por el despido, como por el daño moral que sufrió con casi 100 mil pesos.