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Infojus Noticias

23-1-2015|16:42|Fiscales Nacionales
Las designaciones fueron dispuestas por la Procuradora General

Una cautelar suspendió la designación de 16 fiscales

La medida dispuesta por el juez Esteban Furnari frena el arranque de la nueva Cámara de Casación, habilitada a fines del año pasado, ya que entre esas subrogancias, hay tres cargos para fiscales del nuevo organismo. Lo hizo a partir de una presentación de la Asociación de Magistrados.

Por: Gustavo Ahumada

El juez en lo Contencioso Administrativo Esteban Furnari dictó una medida cautelar y suspendió los nombramientos de 16 fiscales subrogantes realizados por la procuradora General Alejandra Gils Carbó. La medida del juez fue dispuesta hasta tanto se dicte una sentencia sobre el fondo del asunto porque “adolecerían de seria legalidad, en tanto habrían sido dictadas sin ley habilitante”.

Entre las 16 subrogancias dispuestas por Gils Carbó, tres de ellas son para cargos de fiscal en la nueva Cámara de Casación en lo Criminal y Correccional habilitada a fines del año pasado por la Corte Suprema. Sin fiscales esas tres salas quedan sin posibilidad de funcionar.

El fiscal Julio Castro ya había dado cuenta de esa situación cuando le dijo esta semana a Infojus Noticias que le parecía “injusto el planteo porque en definitiva lo que se pierde de vista es que en marzo empieza a trabajar la nueva Casación, pero ¿con quién?”, se preguntó.

La medida fue tomada hoy por el juez de feria en la causa iniciada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Nación (AMFJN), una de las siete causas que se encuentran en el fuero Contencioso Administrativo Federal. El juez, después de mencionar los argumentos del informe presentado por la Procuración, reconoció la legitimidad de la AMFJ y la de los fiscales para presentar el amparo.

Furnari destacó el hecho de que los fiscales designados aún no juraron en esos cargos para subrogar. “No reviste condición de magistrado quien no ha satisfecho todos los recaudos que la Constitución, las leyes y los reglamentos imponen”, explicó en la resolución de más de treinta páginas.

“El juramento trasunta una solemnidad que condiciona el desempeño de las funciones públicas” y por eso para el juez “no se habría cumplido un recaudo esencial”. Desde la procuración sostuvieron en la causa que la medida cautelar solicitada “afectará el interés público en tanto se impedirá la implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Nación”.

Pero el juez entendió que la medida cautelar era adecuada porque la aplicación de las resoluciones de la Procuración -los nombramientos de los fiscales subrogantes- podría provocar “diversos efectos” y “entre ellos su gravitación económica”. Aunque también menciona que la Ley 27.063, que establece el nuevo Código Procesal Penal, consigna que “entrará en vigencia en la oportunidad que establezca la ley de implementación correspondiente”.

Por esto, para el juez “la creación orgánica” dispuesta en la Ley “no se encontraría vigente, motivo por el cual mal podría llevarse a cabo su habilitación y puesta en funcionamiento” y consideró que “ningún poder puede arrogarse mayores facultades que las que le hayan sido conferidas expresamente”. Furnari concluyó diciendo que las designaciones “adolecerían de seria legalidad, en tanto habrían sido dictadas sin ley habilitante” y por eso las suspendió hasta que se dicte una sentencia de fondo.

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