Una distribuidora de bebidas debe indemnizar a dos trabajadores por incumplir el compromiso de absorberlos como empleados, tras la compra de la empresa al anterior dueño.
La distribuidora mayorista de bebidas Aguas Danone deberá indemnizar a dos trabajadores a los que no absorbió al adquirir el establecimiento, tras un largo conflicto laboral con el propietario anterior. Ahora, la Cámara Nacional de Apelaciones en el Trabajo le ordenó que los indemnice por daño moral, por incumplir el compromiso asumido, mediante acta ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, de garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo.
En 2008, tras un grave conflicto laboral, con paro de actividades incluido y campamento de protesta de la entonces propietario de la distribuidora, Vicente Genise SRL, los empresarios concretaron el traspaso y se comprometieron a conversar los puestos de trabajo. Así lo hicieron con los trabajadores afiliados a SUTIAGA y los restantes sindicatos que intervinieron hasta la venta de la sociedad comercial. Pero en el caso de los empleados Martha M. y Claudio P. —que no estaban agremiados—, no cumplió lo pactado.
Los trabajadores pretendían que se les abonaran las diferencias por antigüedad, salarios caídos de julio de 2008 a octubre de 2010 (fecha en la que iniciaron la demanda), horas extras e indemnización por daño moral. Los jueces entendieron que no correspondía la reparación por los “salarios caídos” porque no existió relación laboral con la demandada; pero sí una indemnización por el daño moral ocasionado por la “discriminación al negarles la continuidad laboral”.