El decreto pretende limitar la aplicación de la Ley de Servicios Comunicación Audiovisual en la provincia. Diversas fuerzas políticas ya rechazaron la medida.
El viernes a la tarde el gobernador de Córdoba, José Manuel de la Sota, firmó un decreto de necesidad y urgencia para “garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión, opinión y prensa para todos quienes pisen el territorio de la provincia”. En la misma línea que el de Mauricio Macri, el decreto pretende limitar la aplicación de la Ley de Servicios Comunicación Audiovisual (LSCA) en Córdoba. Diversas fuerzas políticas de la provincia ya rechazaron la medida.
La mesa provincial de Unidos y Organizados dijo que “que con esta norma se pretende beneficiar a grupos económicos en particular, en este caso el Grupo Clarín y Cadena 3, promoviendo nuevas trabas para evitar la plena aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual” y señaló que “es de una inconstitucionalidad manifiesta, poniendo una norma provincial por encima de leyes de carácter federal”. Por otro lado, Luis Juez, principal referente del Frente Cívico, consideró que se trata de una decisión “oportunista”.
El decreto de la Sota tiene menos artículos que el firmado por Mauricio Macri y se refiere prácticamente a un solo punto: las decisiones que afectan a los medios con sede en la provincia de Córdoba solo pueden ser materia de decisión de autoridades judiciales o administrativas de esa provincia. De esta manera, se frenaría la aplicación de la LSCA en el territorio provincial.
Los fundamentos del decreto justifican sus artículos basándose en “los hechos que son de público y notorio conocimiento, vinculados a acciones de avasallamiento de las libertades apuntadas, concretadas, en grado de tentativa o anuncio inminente, que han adquirido una virulencia tal que permiten concluir acerca de la veracidad sobre las mismas, lo cual ha perturbado gravemente a la opinión pública en general por tratarse de derechos humanos fundamentales los que se están poniendo en riesgo”. El decreto no precisa cuáles serían los anuncios inminentes que estarían poniendo en riesgo derechos humanos fundamentales.
De manera semejante al decreto firmado por el jefe de Gobierno porteño, los primeros artículos del DNU de la Sota reiteran derechos ya consagrados por la Constitución Nacional. En los artículos centrales, establece que las leyes nacionales, como la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, no son aplicables en la provincia de Córdoba. El artículo 3, por ejemplo, dice: “las libertades de expresión, opinión y prensa ejercidas en la Provincia conforme lo determina el artículo anterior, quedan sujetas a la plena potestad legislativa de la Provincia de Córdoba y ninguna norma nacional, provincial o municipal, cualquiera fuere su materia, puede por vía directa o indirecta restringir, censurar o alterar su ejercicio, siendo inaplicables dentro del territorio provincial”. Y el artículo 5 establece que “sólo los jueces de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Córdoba de manera excepcional y rigurosamente fundada en las excepciones que prevé la Constitución Nacional, los tratados que la integran y la Constitución Provincial, podrán disponer medidas restrictivas de los derechos y libertades garantizados por el presente Decreto”.
El decreto también dispone que “ningún acto, hecho, disposición, norma o acción de autoridad pública nacional, provincial o municipal puede influir, intervenir, alterar, modificar, revisar, condicionar, obstaculizar, coartar o por cualquier otro modo, vía o medio, ya sea en forma directa o indirecta, la expresión y difusión de la opinión, noticias, programas o línea editorial de un medio de comunicación existente en la provincia de Córdoba, de periodistas o de cualquier habitante o persona que se encuentre en su territorio”. El texto también prohíbe la ejecución de actos administrativos que dispongan la intervención y/o expropiación de medios de comunicación con sede en Córdoba.
El decreto fue comparado con las medidas del Poder Ejecutivo cordobés que restringieron el acceso de los habitantes de la provincia a la televisión digital pública. “De la Sota se burla de los cordobeses. Fue el primero en cercenar la vigencia de la pluralidad de voces clausurando las cinco antenas de la TDA para favorecer el negocio del Grupo Clarín, al permitir que con esas clausuras las únicas operadoras de las señales de televisión sean las de Cablevisión”, afirmó Fabián Francioni, diputado nacional por el Frente para la Victoria.
En diciembre de 2012 el gobernador cordobés clausuró la infraestructura de la Televisión Digital Terrestre (TDT) en Río Cuarto. Esta medida dejó sin acceso libre y gratuito a la televisión a 300.000 habitantes del sur de la provincia y todavía hoy los obliga a contratar el servicio pago a una operadora de cable que pertenece al Grupo Clarín. La clausura también impide el funcionamiento del canal de televisión de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC).
Alberto Cantero, Director de Radio y Televisión Argentina, afirmó que “el gobernador José Manuel de la Sota garantiza diez millones de pesos mensuales al Grupo Clarín con la clausura de la antena de la Televisión Digital Abierta (TDA) en la ciudad cordobesa de Río Cuarto”. A principios de 2013 de la Sota también ordenó la clausura de cuatro antenas instaladas en Leones, Malagueño, Villa Dolores y Villa María. Actualmente estas señales están en funcionamiento porque la AFSCA presentó un recurso de amparo.
La Confederación de Radios y Medios de Comunicación de la Argentina (CoRaMeCo) y la Asociación de Radiodifusoras Bonaerenses y del Interior de la Argentina (ARBIA) también repudiaron los decretos de Macri y de la Sota. "Repudiamos enérgicamente este y todos los DNU y proyectos de ley que vayan contra la comunicación plural de la (ley) 26.522, además los consideramos a estos DNU sediciosos, separatistas e inconstitucionales", afirmaron en un comunicado.