El caso se descubrió en 2013, tras una denuncia de la AFIP. El propietario del lugar, ubicado en Córdoba, está imputado por trata de personas con fines de explotación laboral. En el predio donde funcionaba la fábrica de ladrillos, tenía a 29 ciudadanos bolivianos –cinco menores de edad– viviendo hacinados y en pésimas condiciones de seguridad, salubridad e higiene.
El fiscal federal de Córdoba Enrique Senestrari pidió la elevación a juicio de una causa por trata de personas con fines de explotación laboral, en una ladrillera cordobesa. La causa tiene como único procesado a Roberto Ángel Cabrera,de 61 años y propietario del lugar, que también está imputado por haber facilitado la permanencia ilegal de las víctimas en el país: 29 ciudadanos bolivianos, cinco de ellos menores de edad.
El caso se descubrió en 2013, tras una denuncia de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en un predio cercano a la ruta 19, en la localidad cordobesa de Malvinas Argentinas. Las víctimas vivían hacinadas, en construcciones precarias, sin ventilación, ni calefacción y con techos de chapa o nylon. En el caso, intervino el Programa de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Senestrari solicitó la elevación a juicio al juez Ricardo Bustos Fierro. La causa empezó en agosto de 2013, tras una denuncia presentada por la AFIP. Según consta en el escrito del fiscal, la denuncia del organismo explicaba que en el lugar, cercano a un camino rural, “observaron personas de nacionalidad extranjera, entre los que se encontraban menores de edad, trabajando en el corte y cocción de ladrillos, que podrían estar siendo víctimas de trata de personas, encontrando indicios como ser el hecho de que no había personal declarado al Fisco, al margen del régimen nacional de seguridad social”.
La denuncia originó la investigación policial y judicial que incluyó un allanamiento al predio señalado y del que participaron miembros del Programa de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; personal de AFIP y de la Dirección Nacional de Migraciones.
El lugar, que tenía una gran extensión, estaba compuesto por parcelas con hornos para la fabricación de ladrillos y piletas; allí mismo, los armaban y secaban. En las cercanías estaban las construcciones muy precarias y “en pésimas condiciones de seguridad, salubridad e higiene, que eran utilizadas como dormitorios por los trabajadores y sus familias”, expresa el escrito.
Una de las trabajadoras sociales que intervino en el caso realizó un informe que fue incluido por el fiscal en la elevación a juicio. Allí, la profesional determinó que “aproximadamente la mitad de las personas entrevistadas residían en el lugar junto con sus hijos y/o familiares en habitaciones de pequeñas dimensiones compartidas con gran grupo de personas,con poca higiene y mantenimiento, con baños fuera de las habitaciones”.
Las habitaciones estaban pegadas a los corrales con chanchos y gallinas. “En las habitaciones recorridas no había calefacción ni ventilación y en el mismo ambiente se encontraban anafes con gas envasado. Asimismo, el número de colchones era inferior al número de personas que referían dormir en las mismas. Que ninguna de las personas poseía al momento de la entrevista vestimenta y calzado adecuado para la tarea que decían realizar y las condiciones climáticas que enfrentaban en esta época del año”, agregó el informe.
Del relevamiento efectuado por miembros de la AFIP y de Migraciones, “se estableció que ninguna de las personas que residían en el lugar estaba registrada como trabajador, por lo que no contaban con los respectivos aportes jubilatorios y contribuciones al régimen de seguridad social y tampoco se encontraban en una situación migratoria que les permita trabajar en el país”.
Senestrari también incluyó en su escrito que, de los testimonios recogidos a lo largo de la instrucción y del informe presentado por el Programa de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, se desprendió que todos los trabajadores que residían en el lugar se encontraban en una situación de vulnerabilidad. Bajo o nulo nivel educativo, situación de pobreza extrema y personas alejadas de sus familias y país fueron parte de las realidades que se expusieron.
Todos esos puntos recabados a lo largo de la investigación determinaron al fiscal para considerar que existe la suficiente certeza de que en el lugar las familias eran explotadas. Y que el imputado “se dedicó al acogimiento, en el predio que poseía en la localidad de Malvinas Argentinas, mediante el abuso de la situación de vulnerabilidad y explotación laboral de las personas mayores y menores de edad mencionadas en el hecho”.
El fiscal también hizo alusión a las declaraciones dadas por las víctimas y agregó que “ninguno de los trabajadores se refirió a que se encuentra viviendo en la extrema pobreza, o quejarse de que no poseen obra social, o acceso a educación o que la paga era mala, sino que por el contrario, se encontraban agradecidos y se referían a Cabrera como una persona buena, que les había dado trabajo y lugar donde vivir. Ello no es más que el reflejo de la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran, situación que vienen arrastrando desde sus orígenes y que los coloca en una posición de inferioridad y de imposibilidad de hacer valer sus derechos. Situación de la que se valió Cabrera para alojarlos en su predio y someterlos a explotación laboral en la fabricación de ladrillos”.
CD/LL