Había ocultado el embarazo a su familia y pidió ayuda a dos amigas para realizarse un aborto, lo que derivó en la muerte del neonato. La figura del infanticidio es un atenuante que se quitó en 1994 pero que el anteproyecto del Código Penal restituye. La causa se caratuló como “homicidio calificado por el vínculo”.
Susana D. llegó a la guardia del hospital Oscar Orías, de Libertador San Martín, uno de los departamentos en que se divide la provincia de Jujuy, con fuertes dolores en el abdomen. La atendió la médica María Marta Scaro y según contó a Infojus Noticias la fiscal del caso, Silvia del Valle Farall, “la revisa y detecta que habría tenido un parto supuestamente traumático”. Por el tipo de lesiones que tenía, la médica comenzó a hacer preguntas que quedaron sin respuesta y decidió denunciar a la mujer a la policía por un supuesto aborto en curso.
Lo que trascendió es que Susana D. intentó ocultar su embarazo todo lo que pudo. Cuando no pudo más, fue a un hotel residencial de la localidad de General San Martín y, con ayuda de dos amigas, se provocó un aborto, el neonato murió y lo enterraron en el cementerio de Calilegua. La fiscal –de la Fiscalía N° 10 del Centro Judicial de San Pedro– tomó declaración al dueño y al empleado del hotel y, de momento, “se continúa la línea investigativa hasta una mujer que la habría acompañado hasta el cementerio”. El hecho ocurrió entre el 9 y el 11 de junio, según informó Farall, que ordenó la exhumación del cuerpo del neonato para determinar las causas de la muerte: “traumatismo encéfalo craneano”, dijo el médico legista. La edad gestacional era de entre 8 y nueve meses.
La fiscal dispuso la detención de Susana D., que permaneció varios días internada con un cuadro de septicemia, con custodia policial. Actualmente está alojada en la Comisaría 24 de Ledesma junto con las dos amigas. Farall dijo a Infojus Noticias que: “Se ha pedido la prisión preventiva porque se ha cometido un homicidio”. El juez Jorge Sammán, a cargo del Juzgado de Instrucción Penal N° 6, la concedió. En el derecho procesal penal, la prisión preventiva puede tomarse como medida cuando hay peligro de fuga o cuando la investigación pueda obstaculizarse, de lo contrario constituye una pena anticipada.
Infanticidio
La causa se caratuló como “homicidio calificado por el vínculo” cuya pena es prisión perpetua. Hasta 1994 existía la figura de infanticidio. En el anteproyecto del nuevo Código Penal se restituye esa figura legal. Para el penalista Alejandro Alagia, sin poder apelar a infanticidio, deben tenerse en cuenta posibles atenuantes “el homicidio podría ser por emoción violenta, o podemos estar ante un caso de inimputabilidad por psicosis puerperal”. Para Liliana Louys, a cargo del Área interdisciplinaria de estudios de la mujer y de género de la Universidad Nacional de Jujuy, “no hay noción de vínculo. La maternidad no es un hecho biológico sino psicológico. No le podés dar un agravante por el vínculo porque ahí no lo hay”. Alagia, sin embargo, dice que “para el Derecho Penal, el vínculo en los casos de homicidio es el biológico”.
Susana D. había ocultado a su familia el estado de gravidez en que se encontraba, una versión es que los padres le habían dicho que si volvía embarazada, la iban a echar de la casa. El infanticidio, contó a Infojus Noticias el doctor Rodrigo Morabito, existió durante mucho tiempo en el Código Penal “para tener en cuenta y evaluar casos concretos donde chicas que estaban en una situación particular: abuso sexual o embarazos no deseados llegaban a una situación psíquica donde, al momento de parir sus hijos, actuaban en un estado que no era el de sus facultades mentales óptimas”. Por eso el infanticidio era un atenuante y se les daba una pena menor. Es decir, en el infanticidio se “consideraba que sus condiciones psíquicas estaban disminuidas. Esto no alcanzaba para dictar un estado de inimputabilidad sino para aplicar una pena menor de acuerdo a esa situación psíquica”.
Antecedentes
“La vieja figura del infanticidio preveía circunstancias como el honor, por eso es común que se oculten los embarazos”, explica Morabito. En 2006 los tribunales de Entre Ríos y Córdoba absolvieron a mujeres que mataron a sus hijos tras el parto. En el caso entrerriano, el fiscal había pedido que se la condenara por “homicidio agravado por el vínculo” pero para los jueces la mujer no comprendía la criminalidad del acto. En el caso de Villa Dolores, los jueces entendieron que Elizabeth Díaz había sido víctima de violencia. Su patrón la había violado.
Mariana Vargas, la abogada defensora del caso Romina Tejerina dijo a Infojus Noticias “yo creo que es muy similar al caso de Romina”. “En realidad hubo un intento de práctica abortiva y ahí se generó en el hotel una cosa de confusión y locura. En la psiquis de las pibas estaba, me parece, que era un aborto”, agregó.
Tejerina tuvo a su bebé en el baño de su casa de San Pedro de Jujuy el 23 de febrero de 2003. La joven jujeña había sido víctima de una violación y, también, había ocultado su embarazo hasta el momento del parto. Cuando dio a luz apuñaló a la beba, que murió dos días después.
En 2005 fue condenada a 14 años de prisión. El año pasado fue liberada. Llegó a cumplir 9 años y 4 meses en el penal del barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy. Tejerina, que hoy tiene 29 años, se convirtió en un emblema de las organizaciones feministas y de derechos humanos que intentan que no se criminalice a las mujeres víctimas de violencia de género.
La Multisectorial de las Mujeres de Jujuy está debatiendo el caso de Susana D. Liliana Louys tiene reparos sobre la justicia jujeña “Tenemos cientos de violadores sin condena. Desde la multisectorial venimos pidiendo la declaración de la emergencia provincial de delitos contra la integridad sexual”. El Centro Judicial de San Pedro, para Louys, es el peor dentro de la Justicia jujeña “porque los antecedentes demuestran que es el que menos garantías da, sobre todo con el derecho de las mujeres”.
La fiscal Farall no dispuso hasta el momento que se le hagan pericias psiquiátricas a Susana, solo se le hizo el “examen mental obligatorio” para corroborar si podía testificar.