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Infojus Noticias

3-7-2013|11:44|Juicio NeuquénProvinciales
Causa "Zona Liberada"

Neuquén: el Superior Tribunal habilitó el juicio a Jorge Sobisch

Se estableció que hay tiempo hasta noviembre de 2014 para que el ex gobernador Jorge Sobisch sea juzgado por abuso de autoridad en la causa conocida como “zona liberada”.

Por: Milva Benitez

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén dio hoy a conocer el que revierte la decisión del juez correccional Alejandro Cabral que, el 19 de noviembre pasado, declaró extinguida la acción penal por prescripción y sobreseyó al ex gobernador Jorge Sobisch. En la causa Sobisch está acusado de haber dado la orden de no actuar a la policía provincial cuando supuestos obreros de la UOCRA atacaron a un grupo de docentes. Los docentes manifestaban frente a la destilería de la ciudad de Plaza Huincul, el 30 de marzo de 2006.

Los abogados de la querella, Gustavo Palmieri y Ricardo Mendaña, consideran que esos hechos fueron el antecedente de la represión en Arroyito, cuando —un año después— el policía José Poblete disparó y mató al docente Carlos Fuentealba. 

A pedido de los querellantes, los jueces de la Sala Penal, integrada por Lelia Martínez y Antonio Labate, consideraron que Cabral aplicó erróneamente el plazo de prescripción sujetándolo el máximo de la pena de prisión de dos años, en desmedro los cuatro años que corresponden a la pena de inhabilitación, prevista para el delito por el que es investigado el ex gobernador.

En su resolución, los jueces del máximo tribunal le ordenaron a Cabral que le diera “inmediata prosecución del trámite”. Y también dieron cuenta de las maniobras dilatorias que se observan en el expediente: apuntaron que transcurridos más de dos años desde la citación a juicio, el 6 de noviembre de 2012, la defensa de Sobisch informó que su asistido, se encontraba internado en Entre Ríos y “no sería recomendable afrontar un juicio oral y público al menos hasta el alta médica sanatorial y el alta por parte de los médicos tratantes”.

En la fundamentación de su voto, Labate afirmó que Cabral “siempre a modo de excusa” justificó la prescripción achacando la responsabilidad al Tribunal Superior por haberle remitido la causa para su elevación a juicio, cuando estaba en “uso de licencia ordinaria”.

“Ese tipo de argumentos e imputaciones deslucen la argumentación del juez correccional, pues deja entrever su desconocimiento –afirmó Labate. Y agregó que implica:- soslayar los recursos y herramientas legales que siempre están al alcance para superar las situaciones de vacancia o ausencia transitoria de magistrados”. Para concluir afirmaron que el Cabral dictó la prescripción “sin argumento jurídico alguno”.

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