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Infojus Noticias

15-4-2014|15:40|Fallo NeuquénProvinciales
El accidente ocurrió el domingo en la ruta nacional 22

Pasó en rojo y chocó: fue sobreseído porque murieron su esposa e hija

El conductor pasó un semáforo en rojo y ocasionó un accidente con otro auto. La Justicia lo sobreseyó: se le aplicó la "pena natural". Según el nuevo Código Procesal Penal de Neuquén, la pérdida que sufrió el hombre tornó innecesaria una condena penal.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Infojus Noticias

El conductor de un vehículo que pasó un semáforo en rojo y ocasionó un accidente con otro rodado fue sobreseído al aplicarse la "pena natural", porque en el accidente murieron su esposa e hija. El fiscal de Delitos Violentos contra las Personas, Maximiliano Breide Obeid, adoptó este criterio según lo establecido en el nuevo Código Procesal Penal de Neuquén por entender que la pérdida que sufrió el conductor tornó innecesaria una condena penal.

El accidente ocurrió el domingo pasado a la 1.20 de la madrugada, en la intersección de la ruta nacional 22 y la calle El Cholar de la capital neuquina. En el lugar un taxi Fiat Siena que era conducido por un hombre de 62 años chocó con una camioneta Ford Eco sport.

La fiscalía informó que "ambos conductores cruzaron en rojo el semáforo ubicado en ese cruce. El taxi iba en dirección oeste-este sobre la ruta y dobló hacia al izquierda, mientras que la camioneta circulaba en sentido este-oeste también sobre la ruta". Con reserva de sus identidades se indicó que fallecieron como consecuencia el impacto la esposa y la hija del conductor de la Eco Sport.

En audiencia pública, el Fiscal pidió que se aplique el artículo 184, inciso 3 del nuevo Código Procesal Penal que establece que "puede prescindir de la acción penal contra un imputado, cuando haya sufrido a consecuencia del hecho un daño físico o moral grave que torne innecesaria y desproporcionada la aplicación de una pena".

Breide Obeid expresó que "estamos ante una pena natural, porque las personas fallecidas son la esposa y la hija de uno de los involucrados".

En tanto, al conductor del taxi lo acusó del delito de "homicidio culposo por conducción imprudente y en violación de la Ley de Tránsito" (artículo 84 del Código Penal) porque precisó que "el test de alcoholemia que le hicieron arrojó como resultado que tenía 0,23 miligramos de alcohol en sangre, cuando según las normas vigentes, los conductores profesionales no pueden manejar con rastros de alcohol en sangre". Destacó como elementos de prueba el relato de dos testigos que vieron cuando ambos rodados cruzaron con la luz del semáforo en rojo.

El fiscal fijó en dos semanas el plazo de la investigación para luego hacer la audiencia de control de acusación y determinar la fecha del juicio y pidió también "como medida de coerción" que el imputado se presente una vez por semana en la sede del Ministerio Público Fiscal.

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