Es un empresario salteño que fue a la justicia provincial para que lo dejen votar en el formato papel. Es que Salta es una de las pocas provincias donde se usa el voto electrónico. Un magistrado rechazó el pedido. Dijo que de prosperar el pedido, afectaría el carácter "secreto" del voto: “Sería el único votante que expresaría su voluntad de un modo diverso a los demás”.
En la provincia de Salta, donde se usa el voto electrónico, un hombre pidió votar en papel y en un cuarto oscuro para las elecciones generales provinciales que se harán mañana. Pero la justicia provincial rechazó el pedido. El hombre había argumentado que “la mayoría de los ciudadanos no disponen de los conocimientos informáticos requeridos” para votar de manera electrónica pero el juez rechazó el pedido porque “teniendo la su alcance medios para capacitarse, no lo hizo”.
Mañana la provincia elegirá gobernador y vicegobernador, diputados y senadores provinciales, intendentes y los concejales de los 60 municipios del distrito.
Un ciudadano salteño, el empresario Enrique Sansone, fue a la justicia provincial para que lo dejen votar en el formato papel en una provincia donde se usa el voto electrónico. El hombre sostenía que en el voto electrónico “no se garantiza el carácter universal y secreto”, se “fomenta la abstención” y “se eliminó el cuarto oscuro”. A eso agregaba que en las PASO que se hicieron en aquella provincia el 15 de abril pasado habría habido “serias irregularidades” que no detalla pero que menciona. Por eso pedía votar con el sistema anterior.
“La mayoría de los ciudadanos no disponen de los conocimientos informáticos requeridos para saber con certeza si el voto fue recogido fielmente por la máquina y por el escrutinio”, dijo el hombre en su presentación pidiendo más tiempo para la implementación del sistema.
La causa llegó a manos del juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta, Marcelo Domínguez, que rechazó “in límine” el pedido del ciudadano porque este peticiona “que se le permita sólo a él a emitir su sufragio con voto papel”, algo que “de prosperar afectaría su carácter secreto” porque “sería el único votante que expresaría su voluntad de un modo diverso a los demás”, explicó el juez.
Además, el juez explicó que “el hecho de no haber aprendido el uso del sistema… no puede dar pie a la declaración de inconstitucionalidad de la ley, sino cuanto mucho a un auto reproche por parte del elector que, teniendo a su alcance medios para capacitarse y poder votar con el sistema electrónico, no lo hizo”. Domínguez explicó que “la única modalidad posible de tratamiento de la presente acción es como acción colectiva, circunstancia que en modo alguno fue propuesta por el amparista”.
El hombre, al hacer la presentación, anticipó la posibilidad de que la sentencia no le sea favorable y pidió que en caso de que no prospere su petición de votar con papel se lo “exima” de votar. Algo que también fue rechazado por el juez porque tanto la Constitución Nacional, como la provincial, destacan la obligatoriedad del voto.
GA/RA