Los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Matanza advirtieron que en la historia clínica la médica psiquiatra que lo asistía dejó asentado que el muchacho le dijo que se iba a matar si no le daban el alta. El suicidio ocurrió en 2003.
La Justicia ordenó indemnizar a los padres de un joven que se suicidó hace diez años, mientras permanecía internado en una clínica psiquiátrica en San Justo. Así lo dispusieron los jueces Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Matanza, que entendieron que la clínica Santa Elizabeth S.A “no cumplió debidamente con el deber de seguridad, frente a la amenaza de suicidio del paciente”.
Ante el juzgado de primera instancia los titulares de la clínica argumentaron que el joven, que ya había estado en el psiquiátrico por su historia de adicciones y por la agresividad de su conducta, no registraba intentos de suicidios, “ni en la última internación, ni en las anteriores”. Afirmaron que habían asignado para su estancia la Sala de Contención por “la peligrosidad que presentaba y peligro de fuga”, pero “bajo ningún punto de vista la clínica pudo prever, que el enfermo se suicidará”.
En la causa penal los jueces sobreseyeron a los titulares de la clínica, pero en el fuero civil el magistrado que intervino decidió continuar la instrucción. “Lo dudoso en sede penal es una figura utilizada para dictar el sobreseimiento, pero no hace cosa juzgada en el juicio civil, si por otras pruebas se puede desestimar la calificación de dudoso. Y condenaron a la clínica a indemnizar a los padres del fallecido.
Los jueces Ramón Posca, Eduardo Alonso y José Taraborrelli advirtieron que en la historia clínica la médica psiquiatra que lo asistía dejó asentado que el muchacho le dijo que se iba a matar si no le daban el alta. Tenía 21 años, y había ingresado al psiquiátrico por una disposición policial. El 6 de enero de 2003, poco después de las cuatro de la tarde un enfermero lo encontró “colgado con una sábana del placard del cuarto de contención”. Los intentos de reanimación fueron inútiles.
El expediente médico que figura en la causa quedó asentado que el chico desde los 14 años presentaba trastornos psiquiátricos, que “solía amenazar con hacerse daño”, y que le habían diagnosticado “personalidad psicópata, con trastorno antisocial y drogodependencia de cocaína”.
En los fundamentos de la resolución los jueces además advierten además que “la clínica demandada no cumplió con el deber de seguridad en materia arquitectónica, consistente en preveer que un enfermo mental que anuncia que se va a suicidar, no debe alojárselo en un cuarto en donde el marco transversal del placard, le resulta útil a la víctima para colgar una sábana y luego ahorcarse”.
Atento a lo que entendieron los magistrados como una suma de descuidos, los padres el joven serán indemnizados por el daño moral y psicológico que padecieron.