Amnistía Internacional se presentó ante los tribunales de la provincia y advirtió que obstaculizar el acceso a abortos no punibles, es violar las obligaciones internacionales contraídas por el Estado argentino en materia de Derechos Humanos.
Amnistía Internacional se presentó ante la Justicia de Tucumán para apoyar el acceso a abortos no punibles. El organismo advirtió que, de negarse esta posibilidad, se estarían violando obligaciones internacionales contraídas por el Estado argentino en materia de Derechos Humanos.
En abril la legisladora radical Silvia Elías de Pérez había presentado un amparo en la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo de Tucumán para solicitar una medida cautelar que impidiera la implementación del protocolo no punible en la provincia. Es decir, aquellos abortos a mujeres que declaren estar embarazadas como resultado de una violación. Ayer Amnistía Internacional se presentó como amicus curiae del expediente. Se trata de una figura legal que permite a las personas y a las instituciones dar su opinión ante el tribunal ante casos de interés público. El organismo se propone colaborar con la Justicia en la resolución del expediente y puede contribuir con testimonios, información, opinión legal o informes que sean atinentes a la materia. Ahora la Cámara Federal debe aceptar a Amnistía Internacional en este rol.
La organización argumenta que, de negar la posibilidad de realizar abortos no punibles en hospitales públicos, "se estaría poniendo en riesgo la vida y la salud de miles de mujeres y niñas tucumanas de escasos recursos que, ante dicha prohibición, recurrirán a abortos inseguros en centros clandestinos que muchas veces se cobran sus vidas o les dejan serias secuelas en su salud”.
La legisladora Elías de Pérez había declarado al presentar el recurso de amparo, que su propósito era “que se cumpla con el mandato constitucional de preservar la vida desde la concepción" y había dicho que la implementación del protocolo sería contraria a los tratados de jerarquía internacional.
La Corte Suprema de Justicia interpretó, en una sentencia de marzo de 2012, que según el artículo 86 del Código Penal "no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y que cualquier caso de aborto no punible no está supeditado a un trámite judicial". En su fallo impulsaba, además, la creación de protocolos en los hospitales para atender a mujeres en esta situación.
El caso que llegó al máximo tribunal de Justicia del país fue el de una joven de 15 años de Chubut que había sido abusada por su padrastro, un oficial mayor de la policía provincial. Dos años antes el Superior Tribunal de la provincia había eximido de pena a la adolescente y el año pasado la Corte Suprema confirmó esa interpretación legal.
El escrito que presentó Amnistía Internacional considera que la decisión que se tome en el caso es importante para la vigencia de los derechos de las mujeres en el país. “La salud sexual y reproductiva es un derecho humano y los Estados tienen la responsabilidad de garantizarla”, afirma el organismo. Al mismo tiempo Amnistía Internacional celebró que se haya puesto en vigencia la ley 4138 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para acceder al aborto no punible. La sentencia del juez Roberto Gallardo declaró inconstitucional el veto que había aplicado Mauricio Macri, jefe de Gobierno de la ciudad. Gallardo también declaró inconstitucional el protocolo de acceso a abortos no punibles que creó el ministerio de Salud de la ciudad, donde se fijaban restricciones que, según entendió el juez en lo Contencioso Administrativo, desnaturalizaba el fallo del Corte Suprema de marzo del año pasado.
La penalización del aborto, según el organismo internacional, no desincentiva la práctica sino que la vuelve peligrosa, sobre todo en los sectores sociales de menos recursos. Por eso considera necesario que se erradiquen las leyes, políticas y directrices que impongan sanciones al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.