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Infojus Noticias

30-7-2013|12:36|Adopción Buenos AiresProvinciales
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Sus padres no pueden hacerse cargo

Una niña de tres años será dada en adopción por “estado de abandono”

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que habilitaba que una niña de casi tres años sea declarada “jurídicamente en estado de abandono” y “consecuente estado de adoptabilidad” porque su familia biológica afronta una vida “particularmente dura”.

  • Ilustración: kitsch
Por: Infojus Noticias

 “La vida es particularmente dura con algunas personas” afirmaron los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata al confirmar que habilitaban la posibilidad de adoptar a la hija de una mujer enferma de epilepsia, abandonada por su familia y golpeada por su ex pareja, el padre de la niña que nació con un cuadro hidrocefalia.

La niña de pocos meses había sido internada en el hospital Casa Cuna de la capital bonaerense. Permanecía allí desde que tenía 40 días de vida y la encontraron tirada en la calle junto a su madre desmayada, en la localidad de Monte. La mujer había dejado de tomar los medicamentos y cuando pudo recuperarse explicó que su pareja “la dejaba encerrada y sin alimentos cuando se iba a trabajar, lo que le originaba descompensaciones frecuentes”.

El Servicio Zonal que debía atender la situación de la niña intervino junto al equipo de asistencia local y la mujer fue trasladada a Pergamino, para ser asistida por su familia. Pero no pasaron 20 días y su madre y hermanos la conminaron a irse. Volvió a Monte, llevaba hasta el colchón que le habían dado en el municipio para que durmiera en la casa familiar.

En cuanto al padre, los profesionales que intervinieron durante la instrucción de la causa consignaron que su trabajo como albañil le impedía hacerse cargo de la criatura y aunque propuso a un tío suyo y a su mujer como guardadores, tampoco ellos estaban en condiciones ni mostraban interés en asumir el cuidado de la beba.

En el Hospital Casa Cuna informaron que de un total de 642 días sobre los que registraron datos sobre las visitas que recibió la niña durante su internación: la madre la visitó 110 días, el padre 18 días, la abuela materna 6 días y no surge que los tíos del padre (que supuestamente se ofrecían a cuidarla) la hayan visitado.

Teniendo en cuenta los informes de los profesionales —que antecedieron la decisión judicial— los magistrados apuntaron que dado el desamparo afectivo  y las dificultades impedían que el núcleo de la familia biológica brindara contención a la niña confirmaban la decisión de primera instancia que la declaró “jurídicamente en estado de abandono y consecuente estado de adoptabilidad”.

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