Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

25-11-2014|14:23|Crimen de Nicole Nacionales
Etiquetas:
Prevé prisión perpetua

Crimen de Nicole: Azcona fue procesado por “odio de género”

El abogado de la familia, Julio Cisterna, se mostró de acuerdo en el trazo general del fallo, pero anticipó que luego de leer en detalle los argumentos seguramente apelará la calificación. “Para nosotros hubo alevosía y premeditación”, dijo en las escalinatas de Tribunales.

  • Mariano Armagno
Por: Infojus Noticias

Lucas Ariel Azcona fue procesado por homicidio calificado por “odio de género”, una figura prevista en el artículo 80 del Código Penal, que prevé “reclusión perpetua o prisión perpetua”, y transformó la detención del joven de 23 años en prisión preventiva.

El fallo se conoció pasada la una y media de la tarde, y era previsible: desde que la sangre de Azcona –extraído compulsivamente- había coincidido con la sangre encontrada en el edificio de la calle Don Bosco donde fue encontrada muerta Nicole Sessarego Bórquez, la autoría material del crimen estaba prácticamente resuelta.

Las diferencias entre el juez Luis Zelaya y las partes surgieron de la calificación legal. El magistrado descartó los agravantes de premeditación y alevosía que sí había incluido en la calificación preliminar mientras acumulaba indicios para llegar a esta decisión.

El abogado de la familia, Julio Cisterna, se mostró de acuerdo en el trazo general del fallo, pero anticipó que luego de leer en detalle los argumentos seguramente apelará la calificación. “Para nosotros hubo alevosía y premeditación”, dijo en las escalinatas de Tribunales. Los abogados de la familia de la joven chilena, luego del resultado de las pericias psicológicas y psiquiátricas que se le practicaron la semana pasada, pensaban en otro agravante que está previsto en el artículo 80: Azcona mató por placer.

Jorge Adrián Borgo, por su parte, también se mostró disconforme con la calificación que puso el juez. “Creo que no están dadas las condiciones para ese agravante, pero de todas maneras debo ver en mayor profundidad el fallo para plantear las cuestiones recursivas enta la Cámara”, dijo.

El inciso 4° del artículo 80 del CP agrava la pena del homicidio por “odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”. Lucas Ariel Azcona, de no revertirse este procesamiento en la Cámara de Apelaciones porteña –cosa que resultaría muy extraña-, deberá esperar el juicio oral en la cárcel federal de Ezeiza.

Relacionadas