Está investigado en una causa por la desaparición de un grupo de abogados laboralistas en 1977. La denuncia fue presentada en 2006. El juzgado federal que dirige Bava advirtió en la citación que si no se presentaba lo declararía en rebeldía.
El juez provincial Pedro Cornelio Federico Hooft fue declarado en “rebeldía” por su par federal Martín Bava, quien lo investiga por su actuación como juez durante el secuestro de un grupo de abogados y militantes políticos ocurrido en 1977, que se conoció como la “Noche de las corbatas”. La decisión, que incluyó una crítica sobre la “estrategia” legal desarrollada por la defensa de Hooft, fue tomada ante la sexta inasistencia a declarar ante el tribunal. La primera citación fue para el 12 de julio de 2012.
“Declarar formalmente rebelde a Pedro Cornelio Federico Hooft en las presentes actuaciones”, resolvió Bava en un texto de doce páginas al que tuvo accesoInfojus Noticias. Allí también ordenó comunicar su decisión a Policía Federal y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal; y rechazó los planteos realizados por la defensa de Hooft.
Según la denuncia penal presentada en 2006, Hooft no tramitó los habeas corpus ni las causas judiciales “a sabiendas de que” los secuestrados se encontraban en poder de las Fuerzas Armadas. En esa causa se investiga su actuación en 19 casos entre los que se encuentran los del letrado Jorge Candeloro y su esposa, Marta García; y las detenciones ilegales de los abogados Norberto Centeno, Salvador Arestín, Hugo Alaiz, Camilo Ricci, Carlos Bozzi y Tomás Fresneda y Mercedes Argañaraz de Fresneda, embarazada de 4 meses. De ese grupo, sólo sobrevivieron Marta García, que pasó seis meses secuestrada y torturada, Ricci y Bozzi.
Estrategia “novedosa”
En la fundamentación de su decisión, el juez Bava definió la estrategia defensiva del juez Hooft como “novedosa” porque “ha denunciado por falso testimonio a familiares de víctimas de esta causa, luego de que prestaran declaración testimonial, y por existir tal denuncia en trámite se ha pedido que se suspendan medidas de prueba en el marco mismo de este expediente”.
“En resumidas cuentas, como lo he expresado el 17 de octubre del año pasado en oportunidad de dar respuesta uno de los tantos planteos de recusación que la parte ha presentado, se aprecia en principio como estrategia de defensa una singularidad metódica de un accionar que muchas veces ha estorbado la buena y expedita administración de justicia (un ejemplo claro de eso, remarco, son los permanentes pedidos de suspensión de medidas de prueba ya ordenadas)”, señaló.
Bava precisó, además, que Hooft concurrió varias veces al tribunal para hacer presentaciones cuestionando el curso de la causa y ejemplificó: “la propia presentación efectuada por él y sus letrados, en el día de la fecha, dando explicaciones por las que una vez más eligió no comparecer ante la convocatoria del tribunal, optó por objetar de la manera explicada en el apartado anterior cada llamado, logrando, el imputado, su objetivo de no presentarse a audiencia indagatoria”.
“Actitud evasiva”
“Y lo relevante del asunto es que, paralelamente al cuadro descripto, la defensa propone medidas, objetando aquéllas realizadas de oficio por el tribunal y agraviándose cuando se deniega una medida pedida por la parte o, simplemente, si se la tiene presente, utilizando los mismos recursos; es decir planteo de nulidades, e interposición de recursos de reposición y apelación”, agregó Bava y señaló que “la situación del imputado Hooft” se enmarca dentro del artículo 288 del Código Procesal Penal que describe la rebeldía ante un tribunal. Pero aclaró que los fueros de los que goza en su calidad de magistrado impiden aplicar el artículo 289, que prevé la detención de un imputado que es declarado en rebeldía.
Además, el juez federal volvió a señalar un punto que marcó en su resolución del 6 de agosto del año pasado, donde dijo que -pese a la resolución del juyr- Hooft seguía siendo investigado en la causa penal. “La defensa insiste, erradamente, que por el hecho de que su defendido haya sido absuelto en el marco de un procedimiento administrativo de desafuero, todo lo que se sustancie en este proceso penal debe ser, indefectiblemente, consecuente con el resultado obtenido en aquel jury. Pues, pretende equiparar uno y otro proceso, cuando las normas (y fundamentalmente el objeto) que se rigen en uno y otro, son distintas”, aclaró.
“Aclarada la situación, y teniendo en cuenta la actitud evasiva que ha tenido para con el proceso el imputado Pedro Cornelio Federico Hooft, corresponde declararlo formalmente rebelde sin afectar su inmunidad de arresto”, completó.
PW