En el Congreso Federal sobre Reformas Legislativas también hubo espacio para analizar cómo funcionan en la actualidad los fueros contencioso administrativo de Nación, ciudad y provincia de Buenos Aires. El debate sobre la creación de un Código Contencioso.
El estado actual del contencioso administrativo en la provincia de Buenos Aires y la ciudad autónoma de Buenos Aires y sus diferencias con el contencioso administrativo nacional, fue el tema que se debatió en el segundo panel de la nueva jornada del Congreso Federal sobre Reformas Legislativas.
En la mesa estuvieron Pablo Perrino, secretario del Instituto de Derecho Administrativo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y docente de diversas universidades; Víctor Trionfetti, juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño; Guillermo Treacy, vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal; y Horacio Corti, doctor en Derecho defensor del Ministerio Público del Poder Judicial porteño.
Excepto Perrino, que se refirió mayormente a cuestiones técnicas, la mayoría de los expositores abordó las cuestiones más integrales y abarcativas de sus trabajos. Una visión completa que incluye necesidad de cambios culturales y la ruptura de ciertos paradigmas o estereotipos.
Fue Corti quien más aplausos arrancó con su exposición. Tras agradecer la posibilidad de "debatir sobre la legislación contenciosa", explicó una serie de fundamentos políticos que tiene que tener la creación de un código contencioso.
"En cuanto a lo Contencioso Administrativo, creo que no tenemos que incurrir en el mito de pensar que estamos entre dos sujetos. Entre el estado y una persona. En la sociedad actual vemos pluralidad de sujetos que mantienen relaciones conflictivas entre sí y con el Estado. Y eso hay que tenerlo en cuenta, hay que pensar situaciones diferenciales. Nuestra realidad cambió y eso modificó conflictos y sujetos", dijo.
Los cambios que se vienen dando en la sociedad en los últimos diez años, donde se han registrado una innumerable cantidad de medidas inclusivas a nivel social, estuvieron presentes en la ponencia de Corti.
"La sociedad de la integración es la que se intentó destruir a partir del golpe del ‘76. Esa misma lógica de disciplinamiento se culminó en los ‘90, con la destrucción de la figura del trabajador, al que se ubica en la misma situación que el empresario. Cuando eso se destruye, se construye. El hecho es cómo superamos una sociedad de exclusión. Es algo muy complejo. No se puede pensar igual cuando se está ante una expropiación que cuando nos enfrentamos a un caso de vivienda", agregó Corti. "Tenemos que renacionalizar el proceso contencioso" dijo y la sala estalló en aplausos.
Trionfetti afirmó que "un sistema jurídico está dedicado a conservar y transformar derechos y privilegios. No hay roles ingenuos a la hora de debatir una reforma". Y recordó el artículo 15 de la Constitución nacional, que dice que "no hay esclavos y en el mismo artículo se resarce a quienes tenían esclavos. Privilegios, atenciones y conflictos. Y estos se solucionan por revolución o por reforma. Y como estamos en el siglo XXI vamos por la reforma".
"Es positivo que el Estado debata sobre cómo quiere ser controlado. Está bien que se intente sistematizar una norma que es anárquica. También es importante aprovechar los aportes de los diferentes lugares del país que tienen sus normativas”, explicó Tracey.
El vocal también resaltó la importancia de la existencia de "cambios culturales y de los comportamientos. De qué manera se hablan los tribunales y poder dar un velo justo". Y también hizo referencia a la necesidad de revalorizar "los procedimientos administrativos, que el proceso sirva para canalizar los conflicto y no un obstáculo más. Que se pueda conciliar los pensamientos antes de llegar al conflicto legal".
Perrino fue quien más se centró en los detalles técnicos del Contencioso Administrativo en la provincia de Buenos Aires y resaltó las idas y vueltas que registró desde que está vigente desde 1997. "El derecho cumple ante todo una función de garantía. Este derecho de tutela efectiva fue receptado por el constituyente de 1994 en la provincia. Está en el artículo 15. Este derecho comprende a la tutela efectiva, judicial, administrativa y presenta una característica garantista".