La Unidad de Información Financiera pidió detener el usufructo y ser parte querellante en la causa que investiga la apropiación de bienes de la familia Iaccarino durante el secuestro de los hermanos en el centro clandestino de detención El Infierno.
La Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó ser tenida por parte querellante en la causa que investiga la apropiación de bienes de la familia Iaccarino durante la última dictadura militar. El organismo pidió además que se tomen medidas cautelares para "detener el usufructo que se estaría generando de dichos bienes, esto es, el embargo preventivo e inhibición de bienes de las firmas involucradas", informó la agencia Télam.
La UIF presentó su solicitud ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 3 de La Plata, a cargo del juez Arnaldo Hugo Corazza, en la causa "Iaccarino, Alejandro R.-Iaccarino, Carlos A.-Martínez, María Elba s/denuncia". Se trata de la apropiación de los bienes pertenecientes a Carlos, Alejandro y Rodolfo Iaccarino (hijos de Rodolfo Iaccarino y
Dora Venturino) durante su reclusión en el centro clandestino de detención denominado "El Infierno", a cargo de la Brigada de Investigaciones de Lanús, entre julio de 1977 y enero de 1978.
La familia Iaccarino integraba las firmas Equino Química y Compañía de Tierras y Hoteles de Alta Gracia, y poseía dos campos en la provincia de Santiago del Estero denominados "La Marta" y "El Cincuenta". También le pertenecían el Hotel Sierras y su cancha de golf y un avión bimotor, que le quitaron el mismo 24 de marzo de 1976.
Durante su detención ilegal, los hermanos Iaccarino fueron obligados, mediante amenazas y extorsiones, a vender y transferir sus bienes, prometiéndoles que a cambio obtendrían su libertad. Por la escritura de los campos -consta en la escritura- se abonarían 810 millones de pesos, pero no existen constancias de que el pago se haya concretado y los hermanos coinciden en todas sus declaraciones en que nunca existió tal pago.
Para la UIF, se trata de maniobras delictivas que formaron parte de "una secuencia y una metodología sistemática diagramada por el Estado con finalidad persecutoria y no de simples e independientes hechos violatorios de la propiedad".
"La apropiación de bienes, por parte o con ayuda del aparato represor del Estado, pertenece a la categoría de crimen de lesa humanidad, y por ello resulta imprescriptible", sostiene la UIF. En su presentación, el organismo afirma que el delito de
lavado de activos se configura desde que los bienes fueron extraídos compulsivamente de los hermanos Iaccarino y se encuentran en la actualidad administrados y/o poseídos por terceros, "mostrando como legítimos bienes cuyo origen resulta ilícito", informó la agencia Télam.