Los fiscales Sandro Abraldes y Abel Córdoba solicitaron se restituyan “los procesamientos oportunamente decretados en primera instancia” a uniformados de la Metropolitana y la Federal. En julio la Cámara del Crimen había dictado la falta de mérito por la represión de 2010.
El fiscal Sandro Abraldes apeló la causa por el Indoamericano. Junto con el titular de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (PROCUVIN), Abel Córdoba, a primera hora de hoy, solicitaron la reapertura de la causa por la represión policial en el Parque Indoamericano. En julio pasado, dos días antes que se inicie la feria judicial de invierno, la sala I de la Cámara del Crimen dictó la falta de mérito y sobreseyó a los 41 policías que habían sido procesados por la represión de diciembre de 2010. Además de pedir la reapertura de la causa y que se revoquen los sobreseimientos, los fiscales solicitaron se restituyan “los procesamientos oportunamente decretados en primera instancia” que incluyen a uniformados de la Policía Metropolitana y Federal. En la apelación, los fiscales sostienen que las conductas de los policías “configuran prácticas violatorias de los derechos humanos que por su gravedad y extensión afectan la vigencia del Estado democrático de derecho”. Con el sobreseimiento de los policías, se “imposibilita al acusador público de llevar a juicio un caso de gran trascendencia institucional”, cuya investigación “versa ni más ni menos sobre la criminal actuación de los integrantes de los cuerpos de fuerzas de seguridad en el control del orden público a cuya consecuencia resultaron dos personas muertas y otras cinco gravemente heridas”. Donde “se ha probado, además, el empleo de munición adulterada en el marco de una manifestación”. Los fiscales explicaron que el fallo que absolvió a los policías “involucra a las instituciones” y “merece ser examinada por un Tribunal Superior en amparo a la garantía del doble conforme”. Cabe recordar que bajo esta garantía, días atrás, la Corte Suprema reenvió a la Cámara de Casación la sentencia por el incendio del boliche Cromañon para que sea revisada la condena a los músicos del grupo Callejeros. Esto posibilitó que los músicos estén en libertad hasta que Casación revise esa sentencia. El expediente En mayo de este año, la jueza Mónica Berdión de Crudo, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 47, había dictado el procesamiento de 30 integrantes de la Policía Metropolitana y 11 de la Policía Federal. Entre ellos, cinco jefes de la Metropolitana y tres de la Federal fueron procesados por los homicidios de Rossemary Chura Puña y Bernardo Salgueiro por lesiones culposas. En esa sentencia la magistrada había detallado que la acción de las fuerzas de seguridad "no fue azarosa ni producto de la casualidad”. Sino que por el contrario se trató de una “estrategia coordinada” por las fuerzas policiales. Berdión de Crudo había procesado a los comisarios de la Federal Hugo Lompizano, Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón Miragaya. Y por los delitos de homicidio y lesiones culposas al comisionado mayor de la Policía Metropolitana, Claudio Enrique Serrano; los comisionados César Enrique Menardi, Alfredo Córdoba Alberto Ojeda y al Superintendente de Seguridad de la Policía Metropolitana, Miguel Ciancio. Lompizano fue condenado a dos años de prisión condicional por el asesinato del militante del Partido Obrero, Mariano Ferreyra. Esto fue lo que después la Cámara del Crimen, con las firmas de Luis María Bunge Campos y Jorge Rimondi, dio vuelta al dictar la falta de mérito y sobreseer a los 41 policías que habían sido procesados y que ahora fue apelado. Sobre la sentencia de la Cámara, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que representa a una de las víctimas, sostuvo en un comunicado que “el fallo no analiza el operativo ni el contexto en el que se desarrolló” y recrimina a la cámara que “ante una intervención abusiva y violenta de las fuerzas de seguridad en una situación de conflicto social” el tribunal “decide diluir las responsabilidades sin responder con argumentos sólidos a las pruebas acumuladas en la causa”. Los fiscales sostienen que la sentencia de la Cámara del Crimen “impide dar adecuada respuesta” a quienes “se han visto gravemente perjudicados por las prácticas ilícitas investigadas, constitutivas de violencia institucional, y por ende, lesivas para la integridad, dignidad y la vida de las personas”. Ahora la Cámara del Crimen debe decidir si acepta o no la apelación, es decir, si le da viabilidad. Si la acepta, la causa llegará a la Cámara de Casación que deberá resolver el futuro del expediente.