La AFSCA había iniciado la adecuación “de oficio” del multimedio luego de considerar que su propuesta era fraudulenta y no se ceñía a lo estipulado por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). El Grupo Clarín presentó una cautelar para impedir esta medida y desde entonces está suspendida su adecuación.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo realizado por la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y avaló la medida cautelar dictada por la justicia Civil y Comercial Federal que frena la “adecuación de oficio” del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).
La causa se inició después de que el Grupo Clarín presentara en noviembre de 2013 una propuesta de adecuación – tras el fallo que consideró constitucional la LSCA- que, según el AFSCA, cae en “situaciones fraudulentas que conllevan vinculaciones societarias prohibidas y contrarias a los fines antimonopólicos de la ley 26.522”. Y por eso el organismo dispuso la transferencia de oficio.
En diciembre del año pasado el juez Civil y Comercial Horacio Alfonso dictó una medida cautelar que suspendió la adecuación de oficio y ello luego fue ratificado por los camaristas de la Sala I, Ricardo Guarinoni y María Najurieta. Para aceptar la medida cautelar, Alfonso había considerado que la adecuación de oficio “provocará una grave afectación patrimonial y operativa cuyas secuelas serían de muy difícil o imposible reparación”.
De interés público
En su apelación, la AFSCA pidió que el recurso fuera concedido con “efecto suspensivo”, para poder continuar con la adecuación. Pero la Cámara Civil y Comercial suspendió totalmente el procedimiento de adecuación.
La AFSCA llevó el caso a la Corte Suprema porque entiende -y lo expresó en el expediente en varias ocasiones- que en la causa “se encuentra involucrado el interés público, gravitante al momento de analizar la procedencia de una medida cautelar y el efecto que se otorga a su apelación”. Ello porque él no suspender “el efecto de la medida cautelar” permite al grupo Clarín ampliar “injusta e ilegítimamente su posición dominante en el mercado toda vez que sus competidores se encuentran en pleno proceso de adecuación a la ley 26.522”.
Ahora, en un nuevo revés, la apelación realizada por los abogados Mariano Przybylski, Sergio Zurano y Dalila Seoane (por el AFSCA), y Damián Garat y Martín Monea (por el Estado Nacional), fue rechazada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Elena Highton de Nolasco, donde en sólo una página destacaron que “no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.
GA/AF
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