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Infojus Noticias

12-11-2015|10:58|Ley de Medios Nacionales
En un fallo de una página

La Corte mantiene la cautelar que favorece al Grupo Clarín

La AFSCA había iniciado la adecuación “de oficio” del multimedio luego de considerar que su propuesta era fraudulenta y no se ceñía a lo estipulado por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). El Grupo Clarín presentó una cautelar para impedir esta medida y desde entonces está suspendida su adecuación.

Por: Gustavo Ahumada

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo realizado por la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y avaló la medida cautelar dictada por la justicia Civil y Comercial Federal que frena la “adecuación de oficio” del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

La causa se inició después de que el Grupo Clarín presentara en noviembre de 2013 una propuesta de adecuación – tras el fallo que consideró constitucional la LSCA- que, según el AFSCA, cae en “situaciones fraudulentas que conllevan vinculaciones societarias prohibidas y contrarias a los fines antimonopólicos de la ley 26.522”. Y por eso el organismo dispuso la transferencia de oficio.

En diciembre del año pasado el juez Civil y Comercial Horacio Alfonso dictó una medida cautelar que suspendió la adecuación de oficio y ello luego fue ratificado por los camaristas de la Sala I, Ricardo Guarinoni y María Najurieta. Para aceptar la medida cautelar, Alfonso había considerado que la adecuación de oficio “provocará una grave afectación patrimonial y operativa cuyas secuelas serían de muy difícil o imposible reparación”.

De interés público

En su apelación, la AFSCA  pidió que el recurso fuera concedido con “efecto suspensivo”, para poder continuar con la adecuación. Pero la Cámara Civil y Comercial suspendió totalmente el procedimiento de adecuación.

La AFSCA llevó el caso a la Corte Suprema porque entiende -y lo expresó en el expediente en varias ocasiones- que en la causa “se   encuentra   involucrado   el   interés   público, gravitante al momento de analizar la procedencia de una medida cautelar y el efecto que se otorga a su apelación”. Ello porque él no suspender “el efecto de la medida cautelar” permite al grupo Clarín  ampliar “injusta e ilegítimamente su posición dominante en el mercado toda vez que sus competidores se encuentran en pleno proceso de adecuación a la ley 26.522”.

Ahora, en un nuevo revés, la  apelación realizada por los abogados Mariano Przybylski, Sergio Zurano y Dalila Seoane (por el AFSCA), y Damián Garat y Martín Monea (por el Estado Nacional), fue rechazada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos  Fayt y Elena Highton de Nolasco, donde en sólo una página destacaron que “no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.

GA/AF

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