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Infojus Noticias

29-12-2014|16:45|Monte Peloni Nacionales
Análisis de la sentencia

“La perpetua al Pájaro Ferreyra es histórica para Olavarría”

Cuáles son los puntos claves del fallo que condenó a perpetua a Verdura, Ferreyra y Grosse por los delitos cometidos en Monte Peloni. Cómo queda la situación de Leites de cara a la segunda parte del juicio.

  • Fotos: Sol Vazquez.
Por: María Eugenia Ludueña y Juan Carrá, desde Olavarría.

“No tortura solamente el que ejerce violencia sobre la víctima, sino también el que lo permite o el que no lo interrumpe teniendo la obligación de hacerlo”, explicó el presidente del Tribunal antes de condenar a los cuatro imputados. Llantos, aplausos y el infaltable “a donde vayan los iremos a buscar” cerraron la sentencia que condenó a prisión perpetua a los ex militares Ignacio Aníbal Verdura, Walter “Vikingo” Grosse y Omar “Pájaro” Ferreyra. Para Horacio Leites la pena fue menor: 8 años de prisión, pero su situación podría comprometerse en la nueva etapa de juicio oral que se iniciará a fines de 2015 con la causa Monte Peloni II.

La perpetua al ex general Verdura fue la más esperable desde el inicio del juicio. El máximo jefe del Área Militar 124 llegaba imputado por dos homicidios y 21 casos de secuestros y torturas. Pero en pleno debate la Fiscalía pidió que fueran seis los homicidios por los que debía responder. El Tribunal aceptó y condenó por todos ellos. Así los crímenes de Jorge Oscar Fernández, Alfredo Maccarini, y de los matrimonios Ledesma y Villeres encontraron justicia.

En el caso del ex capitán Grosse, oficial de Inteligencia de la Plana Mayor (S2) del Regimiento de Caballería de Tanques 2 “Lanceros General Paz” y del ex sargento Ferreyra, integrante del Grupo Operaciones del Escuadrón Comando, la situación se complicó en pleno juicio. Pasaron de estar imputados solo por casos de torturas y secuestro, a ser señalados por los asesinatos de Fernández y Maccarini. Hoy el Tribunal los condenó por ellos además de 20 casos de secuestros y 13 de tormentos agravados.

Verdura, al hospital de Ezeiza

Un punto saliente de la sentencia fue que se decidió revocar la prisión domiciliaria a Verdura. Matías Moreno, director nacional de Formación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación expresó a Infojus Noticias que “la revocación de la prisión domiciliaria a Verdura es un dato interesante en función de las anomalías y las amenazas que se dieron durante las audiencias. Esto da cuenta que esta gente sigue operando y sigue haciendo maldades”. Además recalcó que “la perpetua al Pájaro Ferreyra es histórica para Olavarría, no nos olvidemos que no hace mucho tiempo era director de control urbano en la Municipalidad y hoy está sentenciado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad”.

En los cuatro casos fueron inhabilitados de por vida y removidos del Ejército. Esto les quita su cargo y la posibilidad de gozar de sus jubilaciones o pensiones.

Los aspectos cruciales del fallo

Antes de la lectura del veredicto, el presidente del Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata, Roberto Falcone explicó de forma breve algunos aspectos fundamentales de la sentencia, que se conocerán en su totalidad el 25 de febrero de 2015. La principal aclaración estuvo relacionada con los planteos que las defensas hicieron en sus alegatos, en relación al criterio para determinar la relación de los imputados con la materialidad de los crímenes de lesa humanidad que se les adjudican.

Mientras que las defensas alegaban la inexistencia una relación directa como autores o partícipes con cada uno de los delitos, el Tribunal entendió que debía aplicarse otra denominación jurídica a la atribución de autoría. “El criterio de imputación que va aplicar el tribunal es el dominio normativo del resultado y la categoría de los delitos de infracción de deber especial”, explicó Falcone en términos jurídicos. Y explicó que al ser los imputados miembros de las Fuerzas Armadas y por lo tanto funcionarios públicos, “tenían la obligación de preservar los bienes jurídicos que lesionaron”.

Para poder argumentar esto, el Tribunal contextualizó las penas en la idea del plan sistemático de represión montado por la dictadura cívico militar: “Se ha probado en este juicio y en muchos otros que a partir del 24 de marzo de 1976 la Junta de Comandantes tuvo como objetivo, al dar el golpe de Estado, ‘aniquilar a la subversión’. Para ello se valió de las Fuerzas de Seguridad y conformó un aparato organizado de poder criminal que actuó clandestinamente. Ese aparato fue conformado mayoritariamente por funcionarios públicos por miembros de las Fuerzas Armadas”.

Este es el punto clave del fallo para el TOF 1 de Mar del Plata: los funcionarios públicos encargados de preservar la vida fueron los que montaron el aparato de exterminio. “Este aparato organizado de poder actuó en la clandestinidad secuestrando, torturando y en algunos casos asesinando a las víctimas”, explicó Falcone.

Leites, más complicado con el segundo tramo

Para el teniente primero Horacio Rubén Leites, jefe del Escuadrón “A”, del regimiento que comandaba Verdura, el Tribunal entendió que cabían 8 años de prisión. Fue el único momento que la sala no aplaudió ni emitió sonido.

En los pasillos, antes de la sentencia, se decía que podría sacarla barata. Incluso desde la querella, César Sivo le había adelantado a Infojus Noticias que el caso de Leites había quedado un poco diluido” durante el debate.

Para el tribunal, los 8 años tuvieron como base 19 hechos de secuestros y 14 de torturas. En sus alegatos tanto la Fiscalía como la querella habían pedido una pena de 25 años de prisión. En este sentido, Falcone explicó que “cuando se pide la máxima pena en penas divisibles (25 años) hay que acreditar en cuántos hechos intervino el imputado”. Y remarcó que existió un “déficit de la Fiscalía” en este sentido y que eso incidió en la cantidad de años de su condena. Walter Romero, fiscal a cargo del debate, explicó a Infojus Noticias que una vez dados a conocer los argumentos de la sentencia se evaluará si se presenta o no el recurso en Casación para discutir el monto de pena asignado a Leites.

Otro elemento que el Tribunal consideró a la hora de analizar el caso Leites es que en este tramo del juicio no se podían emitir sentencias parciales para casos que están aún en proceso de investigación y que se ventilarán en el próximo debate oral.

Carmelo Vinci, sobreviviente y uno de los testigos principales, dijo al terminar la audiencia: “Lamentablemente este juicio se tuvo que desdoblar, en la segunda parte es en la que Leites está más implicado, como tantos otros que han sido mencionados en esta primera parte. Gozará probablemente de la libertad condicional pronto, pero la va a probas por muy poco tiempo, porque en la segunda parte del juicio va a quedar detenido por homicidio”.

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