Lo dijo a Infojus Noticias el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Luis Rafaghelli. Un grupo de diputados FpV presentó un proyecto para declarar el 20 de octubre el Día de lucha contra la tercerización laboral, en homenaje a Mariano Ferreyra. Ayer se cumplieron cinco años del crimen del militante del PO. Héctor Recalde señaló que “la tercerización laboral es una herramienta de las grandes empresas y no de las pymes".
A cinco años del asesinato de Mariano Ferreyra, la tercerización laboral sigue siendo motivo de preocupación para juristas, legisladores y especialistas académicos. A más de 40 años de la sanción de Ley de Contrato de Trabajo, que fue duramente atacada por la última dictadura, una de las preocupaciones más acuciantes es el avasallamiento en los derechos de la clase trabajadora. “No es un problema jurídico sino económico. Argentina no ha sido ajena al proceso mundial de avance del capitalismo, que favoreció la tasa de ganancia de los empresarios y la explotación de la mano de obra. En nuestro país la dictadura aniquiló el poder sindical, cooptó a la burocracia gremial y en los ´90 se favoreció la flexibilidad con la radicalización del neoliberalismo“, dijo a Infojus Noticias el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Luis Rafaghelli.
Dos hechos bisagra de la tercerización fueron impuestos por la dictadura: la prohibición de la negociación colectiva y el derecho a huelga. “Ambos fueron recuperados por la democracia, aunque el asesinato de Ferreyra demostró que aún persisten estructuras de poder represivas que no tardan en manifestarse”, dijo Diego Morales, director del Área de Litigio y Defensa Legal del CELS. La Ley de Contrato de Trabajo fue elaborada en 1974 y contemplaba los derechos laborales y sociales del trabajo moderno. La tarea la coordinó Norberto Centeno, abogado de varios gremios y militante de la Resistencia Peronista que fue asesinado durante el operativo represivo conocido como la “Noche de las Corbatas”, en julio de 1977.
Esa ley fue una de las primeras normas que atacaron los militares. El texto perdió 25 artículos y sufrió 98 modificaciones. "Fueron cambios estudiados para lograr una redistribución regresiva del ingreso", definió el juez. Además, dejó sin efecto la obligación social del empresario en materia de salarios, seguridad social y accidentes. “Se morigeró su responsabilidad. La tercerización es una cara de la precarización y la dictadura, a la par que reprimió, también generó una ley para favorecer la concentración económica y la aniquilación de la resistencia sindical”, enfatizó.
La ley original, que continúa mutilada, ofrecía un mayor nivel de protección de los trabajadores. Uno de esos cambios puede verse en el tratamiento de la tercerización laboral, que estaba contemplada en el artículo 32 pero como “actividad principal y accesoria” y sobre ella se aplicaba el convenio de la empresa principal. En el nuevo artículo 30, por el contrario, se empezó a hablar de “actividad normal y habitual del establecimiento". Según Rafaghelli, ese punto es el que más debería modificarse. “Un ejemplo concreto es cuando las empresas de telefonías contratan a otras para que hagan la instalación de postes. No sólo es para delegar el servicio, sino para disminuir los riesgos y los costos laborales. Pero los trabajadores siguen desprotegidos porque faltan más controles en las inspecciones y la justicia llega tarde cuando hay un conflicto”.
Un debate pendiente
En la Cámara de Diputados, donde aún está pendiente un debate sobre la reforma de la ley, legisladores del Frente para la Victoria se hicieron eco y presentaron un proyecto para declarar el 20 de octubre el Día de lucha contra la tercerización laboral, en homenaje a Mariano Ferreyra. El presidente de la comisión de Legislación Laboral, Héctor Recalde, dijo que "el mejor homenaje que podemos hacer a Mariano es seguir adelante con los debates para luchar contra la tercerización laboral, una herramienta de las grandes empresas y no de las PyMEs".
Para Morales, otro punto central en la tercerización es la frágil realidad de los subcontratados. “Los subcontratados hacen las mismas tareas, pero tienen salarios que son la tercera o la cuarta parte en comparación a los del personal permanente y sus derechos sociales, como salud y jubilación, no siempre se cumplen”. Autor del libro “La tercerización laboral. Orígenes, impacto y claves para su análisis en América latina” junto a la investigadora Victoria Basualdo, dijo que la tercerización es el resultado de una transformación profunda de los procesos productivos “de las últimas décadas”, que “llevó a las empresas madres a delegar parte de sus tareas a otras compañías para ganar competitividad” a través de la reducción de los costos laborales.
“Los subcontratados son la cara visible de la tercerización, tienen derechos laborales y jurídicos muy precarios y una mayor dificultad para organizarse, por lo que carecen de fuerza sindical”, explicó Morales. Una batería de leyes aprobadas en 1991 permitió la avanzada de la tercerización. “La década del ´90 favoreció brutalmente la explotación laboral. Aunque en la última década se reconocieron más derechos y hay más fallos favorables a los trabajadores, es un flagelo aún presente. Y que hay que prevenirlo”, reflexionó Rafaghelli.
La demora en los juicios
Otra de las intervenciones de la dictadura fue la reducción del tiempo de prescripción para iniciar juicios laborales, que bajó de cuatro a dos años después de que se interrumpe la relación laboral. También se modificó a la baja la actualización monetaria de las indemnizaciones y disminuyó la protección ante los despidos. "La suspensión disciplinaria incluía una audiencia para que el trabajador pudiera defenderse, ahora no existe", graficó Rafaghelli.
Para Rafaghelli, la jurisprudencia actual castigó la tercerización, aunque los trabajadores precarizados siguen “con juicios demorados” porque no tienen recursos ni acompañamiento jurídico para cobrar las indemnizaciones a tiempo. Citó algunos fallos como el de “María Ramírez contra Comunicaciones Sociedad Anónima”, o el de “Horacio Benítez contra Plataforma Cero”.
En este último caso, la Corte Suprema sentenció que las compañías que tercerizan servicios deberán considerarse responsables si la firma en cuestión incumple con una ley laboral. Benítez vendía como ambulante en el estadio de River, subcontratado por una empresa gastronómica. Sin embargo, el fallo obligó al club a hacerse cargo de las obligaciones de empleador.
“Hay que modificar una ley que sigue desde la dictadura”
“El telón de fondo del caso Ferreyra fue que no sólo las empresas explotan salvajemente sino que algunos sindicatos utilizan cooperativas truchas para consensuar una remuneración baja y una nula protección a los trabajadores”, dijo Morales. Para el especialista, la tercerización aparece como una exigencia que ponen las empresas para invertir y el efecto directo es la flexibilización de la mano de obra. “Hay que recuperar el espíritu social y protector de la ley del ´74. El caso de Venezuela es ejemplificador, porque es el único país donde se estableció que la tercerización es un fraude laboral y está prohibido por leyes del Congreso”, dijo.
“Hace falta que se modifique una ley que sigue vigente desde la dictadura. Porque en los trabajadores se produce un desgaste en iniciar litigios que duran muchos años”, aportó el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Y concluyó: “A veces la Justicia llega cuando el trabajador ya está despedido. La tercerización es un hecho fundamentalmente económico y no sólo atributo de los tribunales. La clave es que el sindicalismo no ceda, como está ocurriendo en Europa que volvió al trabajo precario sin protección social”.
JMM/RA