A través del decreto 111/15, el Ejecutivo reglamentó hoy la ley de Prevención y Sanción d la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, que ya estaba operativa. La ley creó un comité ejecutivo en el que participan cuatro ministerios a fin de brindar herramientas que aseguren la reinserción social de las víctimas.Y además permite que el Estado pueda ser querellante en procesos judiciales a través de la Sectrtaría de DD.HH.
El Ejecutivo nacional reglamentó hoy la Ley Nº 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y su modificatoria Nº 26.842, modificada en diciembre de 2012, a través del decreto 111/2015, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y del ministro de Justicia, Julio Alak.
“Es importante destacar que la ley ya estaba operativa antes de la reglamentación porque para llevar adelante las acciones concretas no se necesitaba la reglamentación. La ley se aplicó desde un primer momento. La publicación en el Boletín Oficial significa su cumplimiento efectivo y total” explicó a Infojus Noticias Zaida Gatti, la responsable del Programa de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En el artículo 6, la norma procura que en los casos de rescate de víctimas de trata el primer contacto sea llevado adelante por profesionales especializados de esa cartera.
Desde 2008 hasta diciembre de 2014 el Estado Nacional rescató a 7.972 víctimas. El 53 por ciento de ellas provenientes de la explotación laboral, mientras que el 47 restante víctima de trata sexual.
“La reglamentación la empezó a trabajar el Ministerio de Justicia a principios de 2013. Se consultó a diversas organizaciones de la sociedad civil y a referentes de las distintas provincias”, contó Gatti.
En la misma línea, Carlos Pisoni, subsecretario de Promoción de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos celebró la reglamentación y dijo: “Esta ley se constituye como el piso normativo de una política pública que es vanguardia mundial en materia de lucha contra la trata de personas. Nuestro gobierno se caracterizó desde sus orígenes en fortalecer y profundizar los Derechos Humanos de todos y todas, y este es un paso más en ese sentido”.
Comité Ejecutivo
La sanción de la ley disponía la creación del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas que entró en funcionamiento en septiembre de 2013 con la participación de un representante de las carteras Seguridad, Justicia, Desarrollo Social y Trabajo, empleo y seguridad. “El Comité terminó el trabajo que nosotros empezamos desde el Ministerio para la reglamentación”, dijo Gatti.
Trabajo interministerial
“Teniendo en cuenta que la mayoría de las víctimas proviene de sectores vulnerables, la reglamentación enfatiza, bajo una coordinación interministerial, una cuidadosa atención y acompañamiento, además de brindar las herramientas necesarias que aseguren su reinserción social” destacó Pisoni.
En el decreto 111/2015 quedan plasmados todas las carteras, además de Justicia, que tienen intervención en la prevención, sanción y asistencia a las víctimas de este delito. “Es la articulación entre los distintos programas que conforman el ejecutivo para lograr asistencia integral. Justicia y Seguridad intervienen en un primer momento y también con la prevención. Después Desarrollo social trabaja para que retomen sus lugares de origen y tramitar un subsidio si fuere necesario. Desde 2011 empezamos a coordinar acciones con el Ministerio de Trabajo cuando se descubrieron los casos de trabajadores rurales. También trabajamos con el RENATEA”, explicó Gatti. Y aportó: “Desde hace tres años coordinamos planes de empleo entre la Secretaría de Justicia y la de Empleo”.
Consejo Federal
En el artículo 18 del texto se contempla que el Jefe de Gabinete convocará a la primera reunión del Consejo Federal para la lucha contra la trata y explotación de personas y para la protección de las víctimas. Se trata de un organismo autónomo integrado por 36 representantes entre referentes de las distintas provincias, del Ministerio Público Fiscal, de las dos Cámaras y tres ONGS. “Es importantísimo porque es un abordaje federal”, opinó Gatti.
Carlos Pisoni coincidió: “Esto es muy importante porque tiene una forma plural, transversal y democrática, no solamente a los tres poderes del Estado, sino también a todas las provincias de la Argentina y a las organizaciones no gubernamentales. El objetivo es que frente a un delito federal, quede garantizada una cobertura y una articulación en todo el territorio nacional”.
El Estado como querellante
El texto también le da poder al Estado para constituirse como querellante en los procesos judiciales. “La Secretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia en febrero de 2011 fue el organismo encargado de querellar en las causas de trata laboral. Esta función se extiende al Ministerio de Trabajo”, recordó Zaida Gatti.