Un fallo judicial lo protegía desde hace siete años para que pueda desarrollar la actividad con la que subsisten él y su familia desde hace más de diez años, pero no se cumplía. Ahora la Justica intimó al gobierno porteño y a la Policía Metropolitana a cumplir con la orden judicial.
Domingo Maidana, es vendedor ambulante en Once, y con lo que gana con la venta de medias, gorros, guantes y ojotas mantiene a su esposa e hijos. En 2005 impulsó una acción de amparo contra el gobierno porteño “por entender violentados los derechos y garantías constitucionales”. Denunció que la Policía Metropolitana lo persigue permanentemente: “Nos secuestran la mercadería, no nos dan ningún acta, y lo que es peor, desconocen totalmente nuestra sentencia de amparo vigente”, se quejó.
El 8 de julio de 2005 una medida judicial ordenó al Gobierno Porteño abstenerse de “concretar clausuras, remociones o afectaciones” de la labor de Maidana, que se motiven en la falta de habilitación hasta tanto se resolviera su caso. Dos años y medio después, el 14 de diciembre de 2007, un fallo confirmó esa medida, y añadió la opción de que si no lo dejaban vender en la calle le den “un trabajo digno”.
Maidana vive junto con su familia en una casa sobre la que pesa una orden de desalojo, y forma parte junto con otras 40 familias de una cooperativa de vivienda. También pidió que se lo incorpore a los programas de créditos hipotecarios que gestiona el Instituto de Vivienda de la Ciudad, pero hasta el momento no tuvo respuesta.
A pesar de aquel fallo, el 5 de diciembre de 2013, un juzgado en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad secuestró la mercadería que Maidana guardaba en un depósito a cambió de un canon mensual. El vendedor ambulante intentó hacer valer el fallo a su favor, y pidió además, sin éxito, la devolución de los elementos que vende para sobrevivir. Entonces otra vez tuvo que recurrir a la Justicia.
El juez en lo contencioso administrativo y tributario, Roberto Gallardo intimó al Gobierno porteño y a la Policía Metropolitana “a dar exacto cumplimiento” a la sentencia de 2007. “La sentencia de amparo recaída en los presentes actuados se endereza expresamente a evitar toda interferencia en la labor de venta ambulante de productos no comestibles que desarrolla Maidana que tengan como motivación la carencia de permiso o habilitación”, sostuvo el juez.
Y agregó: “Pese a la sentencia firme de amparo dictada en los presentes actuados, continúa viendo turbada su actividad de venta ambulante por el accionar de la Policía Metropolitana y los procedimientos e inspecciones ordenados por la Administración”. El rechazo a devolver la mercadería secuestrada “se erige en un prístino obstáculo al desenvolvimiento de dicha actividad y, consecuentemente, irradia sus efectos sobre la eficacia de la sentencia oportunamente dictada por este Tribunal”, subrayó.