En noviembre de 2013, Pablo Arrascaeta disparó contra Gonzalo Calderón, de 15 años, y Pablo Obiña, de 16, durante una persecución. Uno de los adolescentes murió en el acto; el otro, una semana después. Para el Tribunal Oral N° 3, el uniformado actuó en legítima defensa y cumplimiento del deber. La familia recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia.
El 3 de noviembre del año 2013, Gonzalo Calderón (15) y Pablo Obiña (16) fueron perseguidos por la policía en un camino interno del ingenio Ledesma llamado “La Pantalla”. En esa persecución, participó el uniformado Pablo Arrascaeta. De su arma reglamentaria, salió el disparo que mató a uno de los adolescentes en el acto e hirió de gravedad al otro, que murió una semana después, en el hospital Pablo Soria. La versión policial dijo que Gonzalo y Pablo habían robado un teléfono celular y que, en la persecución, hubo un tiroteo. “Los policías dijeron que, en el lugar donde se desencadenaron las muertes, los chicos hicieron cuatro disparos de calibre 22, pero no se encontraron vainas servidas en 500 metros a la redonda”, contó Martín Patiño, representante de la querella, a Infojus Noticias.
El martes 1, el Tribunal Oral N°3 de Jujuy dictó sentencia en el caso, que tenía a Arrascaeta como único imputado. Y fue la menos esperada. Al menos, para los familiares de la víctima. Los jueces Mario Ramón Puig, Darío Eduardo Osinaga y María Alejandra Tolaba absolvieron a Arrascaeta, en línea con el pedido de absolución que la propia fiscal Filomena Ortiz había realizado en su alegato. Patiño, por su parte, había pedido que se lo condenara a prisión perpetua.
“Estamos realmente sorprendidos, es un fallo inesperado”, dijo Patiño y agregó: “Yo le había dicho a las familias de los chicos que, en el peor de los casos, la causa podía ser resuelta por un exceso por legítima defensa, pero nunca pensé esto: que iba a quedar absuelto por legítima defensa y en cumplimiento del deber. La fiscal pidió de esa forma la absolución. Ni siquiera en el requerimiento fiscal de elevación a juicio se había planteado ese escenario”.
Por su parte, Marcela Mon, coordinadora local de la Mesa contra la Violencia Institucional, expresó: “En este caso, ocurrió algo insólito: la defensa adhirió a lo que planteó la fiscalía, no fue serio”.
Inconsistencias
Si bien los fundamentos del fallo van a estar el día 10 de septiembre, el abogado querellante adelantó que recurrirán “ante el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy”.
“Notamos muchísimas irregularidades, sobre todo, en la evaluación de la prueba. La fiscalía que conduce Filomena Ortiz, que tenía que investigar y acusar al policía, realizó una labor defensista para justificar el exceso del policía”, argumentó Patiño y agregó: “En las audiencias, se notó falta de objetividad desde el inicio y el preconcepto que la fiscalía tenía por los chicos, a quienes se los calificó como motochorros. Todo esto, fogoneado por los medios de comunicación, que ponían así en las notas. Eso, después, ya no se pudo revertir”.
En relación a la hipótesis que fue adoptada por la fiscalía, que planteaba un intercambio de disparos, el abogado, además de explicar que no se hallaron en la zona vainas servidas calibre 22, expresó: “Encontraron un arma, pero aun cuando el arma puede haber sido de ellos y no estar plantada, no está acreditado que hubieran disparado. Había un disparo en la lona que recubre la caja de la camioneta patrulla, y una pericia dijo que era compatible con un arma 22, pero no se puede decir que haya sido de ese momento o de otro. Pero la fiscal lo tomó como que era de los chicos”.
Otro peritaje que Patiño sumó a su argumento –aunque con relativa certeza– es el dermotest que se realizó sobre los cuerpos de las víctimas, para comprobar si habían disparado un arma de fuego. “A los cuerpos les hicieron dermotest y dieron negativo, no se encontró pólvora. Pero es cierto que el calibre 22 deja poco rastro, y los cuerpos estaban sucios con tierra y sangre”, sostuvo.
Estas inconsistencias que marcó el abogado, a su entender, no fueron las únicas: alteración en la escena del crimen, explicaciones ridículas sobre cómo se produjo el disparo mortal y contradicciones entre lo que marcaron algunos peritajes y los argumentos para poder liberar al policía son otros de los elementos que se suman al polémico fallo.
Un hecho, dos versiones
“La primera versión policial a las familias es que habían muerto en un accidente. Después, les dijeron que había sido un tiroteo preventivo”, contó Patiño, todavía sorprendido por el fallo absolutorio tras su perdido de perpetua por doble homicidio calificado, agravado por ser miembro de una fuerza de seguridad, haciendo abusos de sus funciones.
Según dijo, el hecho fue durante “una persecución por los barrios periféricos, un recorrido de 7 a 10 kilómetros, en una Ranger 2012 contra una motocicleta 110 con dos ocupantes y en un camino de ripio, con pozos, badenes, la policía dijo que no los pudieron alcanzar”.
El análisis de la querella es concreto: “Los policías mienten”. “Dijeron que cuando llegaban a la esquina, la moto ya había doblado la siguiente. Pero un testigo ocular dijo que la moto iba a 4 o 5 metros delante. Yo les pregunté a los policías (iban cinco en la patrulla) por qué no los bajaron. Y me contestaron que ‘porque podían ocasionarle la muerte’”.
El día del hecho, los padres de Pablo Obiña llamaron a su celular a las cuatro de la mañana. “La policía no le atendió el teléfono, se lo apagaron. Los papás fueron a las 7 de la mañana a la comisaría, a cinco cuadras de donde viven, preguntaron por su hijo y les dijeron que no tenían nada. A las 9:30 de la mañana volvieron y les repitieron que no había novedades. Cuando el padre estaba buscándolo, a las 12:30, les avisaron que fueran a reconocer el cuerpo. Durante ocho o nueve horas les ocultaron la información”, explicó el abogado.
Otras denuncias
Marcela Mon analiza el caso en el marco de una práctica represiva. “Desde la mesa tenemos registrado numerosas denuncias de violencia. El primer obstáculo es que haya una investigación por parte de los fiscales. En Tilcara, la policía está muy brava, y los golpean y los torturan a los pibes, pero no han llegado a la muerte”, contó a Infojus Noticias.
“El caso emblemático es el del “Sonrisa” Gómez, que murió misteriosamente en 2012, en la casa de un agente policial. Dijeron que se había trabado en un ventiluz y ahorcado con su propia campera”, recordó Mon y agregó: “En estos días, está decidiéndose si se archiva o no la causa, en San Pedro. La tiene el juez de Control N° 6, Samman. El CELS y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se presentaron en la causa como Amicus Curiae”.
El pedido de archivo fue de la fiscalía a cargo de Alfredo Blanco. “Nosotros hicimos una denuncia por ineficiencia y demora, y le ordenaron que, en 15 días, tenía que resolver por el deceso y las torturas. Decidió el archivo, sosteniendo que no había delito y nosotros nos opusimos, alegando que no se llevó a cabo una investigación”, completó.
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