Recibieron penas de entre 3 y 6 años de prisión. Los años son menos de los que pidió la fiscalía.“Los jueces entendieron que no se dio la agravante de los delitos por una menor de edad”, explicó el fiscal del caso. La investigación sobre el lugar empezó después de una denuncia de la Fundación María de los Ángeles, a cargo de Susana Trimarco.
La justicia santafesina condenó a tres hombres a penas de entre 3 y 6 años de prisión, por los delitos de promoción y facilitamiento de la prostitución y explotación económica de la prostitución de, al menos, 16 mujeres argentinas, paraguayas y dominicanas, entre ellas una menor de edad. "Lo importante es que los tres hombres juzgados fueron condenados", señaló el fiscal del caso, Matías Merlo. Y resaltó que si bien habían pedido penas más altas, "terminaron siendo menores porque los jueces entendieron que no se dio la agravante de los delitos por una menor de edad. No obstante, desde la Fiscalía estamos convencidos que la agravante fue debidamente probada, razón por la cual, esperaremos la lectura de los fundamentos del fallo, para luego apelar la sentencia". Por el caso había un cuarto imputado que fue condenado en un juicio abreviado.
Ubicada a 120 kilómetros de Rosario, Melincué es una pequeña población que no llega a los 2500 habitantes. Allí, bajo la habilitación de boliche, a unas 15 cuadras del centro de la ciudad funcionaba el prostíbulo “El Encuentro”, en el que eran explotadas las mujeres, entre las que había una menor de 16 años.
En febrero de 2014, tras una denuncia de la Fundación María de los Ángeles, a cargo de Susana Trimarco, ante la Dirección Trata de personas de la provincia de Santa Fe, comenzó una investigación sobre el lugar. Tres meses después la investigación derivó en seis allanamientos en simultáneo. Allí fueron rescatadas las mujeres y la menor. Todas ellas prestaron declaración en el momento de los operativos Asistidas por el Centro de Orientación a la Víctima de Violencia Familiar y Sexual de la Unidad Regional I de Santa Fe. Para acompañar a la niña de 16 años intervino personal de la Subsecretaría de Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe. La menor dio su testimonio en cámara Gesell.
El lugar fue clausurado y en los allanamientos posteriores en las casas de los imputados se encontraron altas sumas de dinero entre otros bienes.
La investigación llevó a juicio, el último 15 de junio, a Gustavo David López, José Francisco Pinna y Mario Eduardo Balbi. Y, tras diez audiencias, los tres fueron condenados hoy por el tribunal de Venado Tuerto. López recibió una pena de 6 años, Pinna, de cinco y Balbi de tres. La fiscalía había pedido de 18 años y seis meses para López; 17 años para Pinna; y tres años y ocho meses para Balbi. López y Pinna eran los propietarios “El Encuentro”, mientras que Balbi era el propietario del lugar donde funcionaba.
Ante los jueces Jorge Gaston Jauregui, Benjamín Révori y Silvina Marinucci declararon 75 testigos, se proyectaron 14 anticipos jurisdiccionales de prueba y se difundieron más de cuatro horas de escuchas telefónicas.
A través de esas grabaciones quedó en evidencia cómo funcionaba el lugar y el rol de los imputados que “imponían dos tipos de acuerdos a las mujeres” que eran explotadas allí, resaltó Merlo al diario Página/12. “En uno, la mujer pagaba 120 pesos por día y no les daba parte de cada pase sexual que hiciera. En otro, por cada pase que hacía, la mujer les daba 80 pesos. Aparte, las mujeres compartían un porcentaje de las copas que tomaran los clientes. De las escuchas también se desprendió que, si la mujer salía con un cliente fuera del horario de funcionamiento del bar, les cobraban distintas sumas de dinero”, agregó Merlo al matutino.
De acusados a condenados
La condena a López fue por considerarlo "penalmente responsable a título de coautor material de los delitos de promoción y facilitación de la prostitución ajena, y explotación económica de la prostitución ajena, en concurso ideal entre sí; en concurso real con portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, a título de autor material". Y a Pinna "por resultar penalmente responsable de los delitos de promoción y facilitación de la prostitución ajena, y explotación económica de la prostitución ajena, en concurso ideal entre sí, a título de coautor material".
Balbi fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional "por resultar penalmente responsable del delito de facilitación de la prostitución ajena, en carácter de partícipe secundario; en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil, a título de autor material".
Sobre la diferencia entre los montos solicitados por él y su colega, y Juan Pablo Lavini Rosset, Merlo destacó “valoramos la condena a los tres hombres. Además, tengo entendido que la sentencia informada hoy es la primera condena por este tipo de delitos que se logra en el marco de un juicio oral y público, después de la sanción en diciembre de 2012 de la ley nacional 26.842 de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas". Y agregó que "la pena de tres años a Balbi es la primera en el ámbito de la provincia que se aplica al dueño de un inmueble que es utilizado para que mujeres ofrezcan servicios sexuales".
En la investigación había un cuarto imputado, Luis Biscarra, que fue condenado en un juicio abreviado que acordaron con su abogado defensor.
Pedidos
El tribunal accedió al pedido de los fiscales de decomisar un revólver calibre 32 y una carabina calibre 22 que serán destruidos y también accedieron a decomisar otros efectos secuestrados en 'El Encuentro' y en los domicilios allanados que tienen vinculación con el objeto de los delitos juzgados. Pero los magistrados no hicieron lugar al pedido de los fiscales para que se decomise el local en el que funcionaba el lugar, ni las tres viviendas que eran utilizadas como “privados” y lugares de alojamiento de las mujeres; ni los 150 mil pesos secuestrados; ni un Mercedes Benz y una camioneta Chevrolet que pertenecen a los imputados.
Sobre esta decisión, Merlo explicó "acreditamos la vinculación directa de la explotación sexual de las mujeres tanto con esos bienes, por eso es que también esperaremos los fundamentos de la sentencia para luego apelar e intentar que dichos bienes sean entregados al Estado para que se destinen a programas de asistencia de víctimas de explotación sexual".
Merlo también destacó que las condenas dadas a conocer hoy son fundamentales como precedente para la imputación de López por el delito de lavado de activos. Y recordó que "durante 2013 y 2014, López adquirió bienes por alrededor de 2 millones de pesos, y los ponía a nombre de su ex concubina y de su madre. Además, construyó las tres viviendas que eran utilizadas como 'privados' y para alojar a las mujeres que explotaba sexualmente”.
Como el de lavado de activos es un delito que es jurisdicción federal, Merlo hizo las presentaciones correspondientes y logro un fallo judicial con el que sentó jurisprudencia, porque se resolvió que su investigación por lavado de activos sea tramitada en los tribunales provinciales. "Logramos probar que las operaciones para insertar los bienes al mercado se realizaron sólo en el ámbito de la localidad y la región, por lo tanto, es claro que no hay interés jurídico federal”. En tal sentido, el fiscal reiteró que la condena a López "será fundamental para ése otro juicio que iniciaremos antes de fin de año".
CD/RA