El Tribunal Oral de Bahía Blanca aceptó el pedido del fiscal José Nebbia y ampliará la acusación contra 17 de los 25 acusados. En la elevación a juicio, los delitos sexuales no habían sido considerados como delitos autónomos sino como parte de las torturas. “La violencia sexual tiene una entidad propia, distinta al delito de tormento”, aclaró Nebbia.
El Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, que encabeza actualmente el juicio por delitos de lesa humanidad en esa ciudad, amplió la acusación contra 17 de los acusados por delitos sexuales cometidos contra nueve mujeres en centros clandestinos de detención de Puerto Belgrano, en el marco de una causa con un total de 25 imputados. La ampliación de la acusación había sido pedida por el fiscal José Nebbia el 5 de marzo pasado durante la audiencia que se llevó a cabo en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Sur (UNS).
Durante el debate que se llevó a cabo hoy el Tribunal integrado por los jueces Jorge Ferro, Mario Triputti y Martín Bava, aceptó la acusación contra 17 de los 25 represores. "Sí, leyeron la resolución en la audiencia de hoy" y los acusados "podrían comenzar a ser indagados mañana", confirmó Miguel Palazzani, quien integra como Nebbia la unidad fiscal de derechos humanos de Bahía Blanca.
Al solicitar que se ampliara la acusación contra 17 de los 25 represores procesados por los delitos de homicidio, privación ilegítima de a libertad y torturas, entre otros, Nebbia había sostenido que "la violencia sexual tiene una entidad propia, distinta al delito de tormento". El fiscal los consideró "autores mediatos" que, desde el lugar jerárquico-funcional que ocupaban, "crearon las condiciones de sometimiento, mediante la clandestinidad, el aislamiento y la garantía de impunidad, que posibilitó que el personal bajo su dependencia agrediera sexualmente a las secuestradas".
Por su parte el abogado patrocinante de la Asociación Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Walter Larrea, expresó a Télam que "la ampliación de la imputación penal para estos imputados incorpora al delito sexual, al delito contra la integridad física de las detenidas mujeres como un delito autónomo y no sumido dentro de lo que es genéricamente torturas, tormentos, cautiverio y demás".
Un delito autónomo
"Si bien en el requerimiento de elevación a juicio ya estaba incluido todo tipo de vejámenes la importancia de este procesamiento radica en que le otorga característica de delito autónomo a las violaciones y a todos aquellos que sean delitos contra la integridad sexual de las detenidas mujeres", agregó Larrea.
En ese contexto el letrado comentó que "no solamente para este juicio sino que establece una pauta jurisprudencial que abre un camino muy importante para todo el tratamiento de los que las mujeres detenidas han sido víctimas, más allá de su condición de militantes políticas o de perseguidas políticas, de su rol de mujer, de su condición de género".
"Si bien el pronunciamiento es parcial porque una de las víctimas no estaba como víctima y declaró como testigo tiene una importancia muy destacada, abre puertas y establece una etapa jurisprudencial determinante", afirmó. Por último Larrea calificó de importante la decisión del Tribunal porque "radica en la categoría de víctima de abuso contra la integridad sexual que se las ha dado a éstas mujeres que han estado en el centro clandestino".
Los delitos sexuales investigados fueron cometidos por represores contra nueve mujeres en los centros clandestinos de detención "Buque ARA 9 de Julio" y "Baterías", en jurisdicción de Puerto Begrano, la mayor guarnición de la Armada Argentina, próxima a la ciudad bonaerense de Bahía Blanca. El Tribunal juzga crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 66 personas, de las cuales 13 siguen desaparecidas y cinco fueron asesinadas.
En la elevación a juicio, los delitos sexuales no habían sido considerados como delitos autónomos sino como parte de los tormentos. En su presentación, Nebbia consideró que no se les había dado "la entidad que correspondía y por lo tanto nunca se los incorporó al sumario más que como una conducta entre otras".
El fiscal sostuvo que "la violencia sexual que se ejerció tuvo diferentes formas o formatos, desde la servidumbre sexual hasta las violaciones no sólo por sus captores sino que también con objetos, lo cual tiene claramente un mensaje devastador". Los delitos sexuales imputados a los represores abarcaron también "tocamientos, las situaciones de desnudez y exhibicionismo con un claro sentido de humillación y degradación; muchas víctimas señalan la vergüenza que sentían al estar desnudas antes sus captores; muchas de ellas relatan que esa fue la primera vez que estuvieron desnudas frente a un hombre", añadió.
LB/Télam/RA