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Infojus Noticias

13-5-2014|17:40|Amparo CórdobaProvinciales
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En el hospital San Roque de Córdoba

Una testigo de Jehová se negó a una transfusión de sangre y murió

La Justicia de Córdoba rechazó el amparo de un padre que pedía que se realice una transfusión de sangre a su hija que, como testigo de Jehova, firmó ante escribano la negativa a someterse a ese tipo de tratamientos. La joven murió esta mañana.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Infojus Noticias

El juez de primera instancia en lo Civil y Comercial de 19na. Nominación, Marcelo Villarragut, rechazó el amparo presentado por Mario Falcón, padre de Bárbara Falcón (30), para que se le realice a la chica una trasfusión de sangre. La joven era testigo de Jehová y había firmado ante escribano público “no aceptar transfusiones de sangre completa, glóbulos rojos, glóbulos blancos, plaquetas o plasma bajo ningún concepto”. Estaba internada desde hacía varios días producto de una ulcera intestinal en el hospital San Roque de Córdoba y murió esta mañana.

Su padre había presentado un amparo que precisamente hoy fue rechazado por la justicia de primera instancia. El juez sostuvo que el escrito firmado por la mujer era claro y recordando jurisprudencia de la Corte Suprema que predica que “se respete la decisión del paciente a no someterse a una transfusión de sangre”.

“Tratándose la paciente de una persona mayor de edad y por tanto, en condiciones de escoger su religión, debe ser respetada en sus decisiones”, dice la sentencia a la que accedió Infojus Noticias. Para el juez “se trata en definitiva de un derecho personalísimo e inviolable de la paciente el de dedicir del modo en que lo hizo”.

El juez precisó que, en marzo de 2013, por medio de "directivas anticipadas" sobre atención médica, "con firma certificada por escribano público", Bárbara Falcón había manifestado que, por ser testigo de Jehová, "no aceptaba "transfusiones de sangre completa", bajo ningún concepto, aunque "el personal médico las creyera necesarias para salvarle la vida".

Con cita en los fallos de la Corte Suprema de la Nación en los casos "Bahamondez" (1993) y "Albarracín" (2012), el juez dijo que el derecho de la joven estaba amparado por la Constitución (art. 19), que "protege los actos autorreferentes y otorga al individuo un ámbito de libertad en el cual puede adoptar decisiones sobre su persona, en tanto no violen derechos de terceros".

La muerte de la joven fue confirmada por el director del hospital, Daniel Mercado. "Hicimos las consultas legales, hasta donde podíamos avanzar con una transfusión, pero los Testigos de Jehová están protegidos, tienen la potestad de negarse a recibirla", dijo. "Respetuosos de esa decisión, y amparados en el aspecto legal, la chica no recibió transfusiones y falleció a las 6.35", concluyó.

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