La mujer, absuelta por el beneficio de la duda en 2011, volverá a ser juzgada por el homicidio de su esposo, un panadero secuestrado y asesinado a balazos hace casi 15 años, en la ciudad de Córdoba.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) anuló parcialmente la sentencia de la Cámara Novena del Crimen que había dejado en libertad, por el beneficio de la duda, a Mercedes Segalá por el crimen de su esposo, Héctor Corradini (35), y dispuso que otro tribunal realice un nuevo juicio, informó la agencia Télam.
También será juzgado Víctor "Mandrake" Quinteros, presunto autor material del crimen, quien también había sido absuelto, con el mismo beneficio.
Según la sentencia del TSJ, la Cámara Novena del Crimen "no ha integrado debidamente" en su valoración de las pruebas cuestiones relevantes para determinar la participación de los dos acusados en el homicidio del panadero, cometido entre el 16 y el 17 de noviembre de 1998.
Los vocales Luis Rubio, Armando Andruet y Domingo Sesin concluyeron que los camaristas no ponderaron debidamente que Segalá y su esposo mantenían una "deteriorada o inexistente relación matrimonial", que la viuda cobró inmediatamente después del homicidio cuantiosos seguros de vida, y que ocultó este dato a los investigadores y a su propia familia.
También resaltaron que Segalá tenía una "personalidad codiciosa" y había que valorar debidamente que, si la mujer se divorciaba de Corradini, no podría cobrar dos seguros de vida por
304.203 pesos (en esa época era la misma cantidad en dólares). Y que esa circunstancia la habría excluido "de cualquier participación y vocación hereditaria a que pudiera aspirar" en la panadería de la familia de su esposo.
Rubio, Andruet y Sesin coincidieron en que tampoco se valoró correctamente el silencio de la imputada respecto de la identidad de uno de los captores de su esposo, "en momentos en que posiblemente él (Corradini) aún no había sido asesinado". Para ellos, la acusada sabía que Quinteros era uno de las personas que había secuestrado a Corradini de la casa y, sin embargo, no reveló este dato hasta 2004, cuando lo denunció por "supuestas extorsiones".
"Resulta ser altamente incriminatorio que la mujer, conociendo en los primeros momentos de la investigación la identidad de uno de los raptores de su marido, no aportara ese dato al primer policía que la entrevista, ni en el momento de formular la denuncia ante la División Protección de Personas, cuando aún no se conocía el destino de su marido. Ello no encuentra explicación que la dispense", argumentó el TSJ.
En cuanto a la situación de Quinteros la sentencia señaló: "Que no se haya acreditado quién o quiénes efectuaron los disparos mortales no lleva necesariamente, como lo entendieron los camaristas, a excluir a Quinteros de cualquier forma de participación en el homicidio", expresó el Tribunal en la sentencia conocida hoy.
El TSJ, en tanto, rechazó los recursos interpuestos por la Fiscalía de Cámara y por el apoderado de la parte querellante en contra de la absolución dispuesta en favor de los policías Oscar Reynaldo Aguilar y Mario Oscar Onainty.
De acuerdo con la hipótesis sostenida por la fiscalía que llevó adelante la instrucción de la causa, la viuda (Segalá) llegó a un acuerdo previo a cambio de una promesa de pago para que "Mandrake" Quinteros ejecutara a su esposo, propietario de una importante panadería, tras secuestrarlo.