El ministro de Justicia y Derechos Humanos probó que el diputado radical por Santa Cruz, Eduardo Costa, usó los pasajes que recibe en su calidad de legislador para que la testigo Beatriz Nicolasa Fuentes, imputada luego por falso testimonio, se presentara en Buenos Aires a declarar en la causa Ángeles.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, presentó hoy las pruebas que demuestran que el diputado radical por Santa Cruz, Eduardo Costa, usó los pasajes que recibe en su calidad de legislador para que la testigo Beatriz Nicolasa Fuentes, imputada luego por falso testimonio, se presentara en Buenos Aires a declarar en la causa por el crimen de la joven Ángeles Rawson.
El escrito presentado ante la fiscalía señala que “la prueba aportada, cuyos extremos deberán ser debidamente verificados durante la sustanciación de este proceso, tiene la entidad y capacidad suficientes como para acreditar que la intervención del Diputado Costa no se agota en las recomendaciones formuladas por su secretaria. Este legislador habría hecho uso de pasajes que el Honorable Congreso de la Nación le asigna en razón de su cargo en favor de Beatriz Nicolasa Fuentes”.
También subraya que “esta información no sólo amplía los presupuestos fácticos de la denuncia original, sino que reafirma también la necesidad de ahondar en esta investigación y deslindar la posible responsabilidad penal de todos aquellos que, en pos de aprovechar políticamente la visibilidad social de un hecho tan triste y lamentable como la muerte de una joven menor de edad, obstruyeron el normal funcionamiento de la justicia”.
Alak ya había solicitado a la Procuración General de la Nación que “se investigue el intento de obstrucción a la justicia por parte de la presunta testigo Beatriz Fuentes y del diputado de la UCR de Santa Cruz, Eduardo Costa, porque de constatarse una maniobra destinada a desviar la investigación o imputar falsamente la comisión de delitos, estaríamos en presencia de ilícitos muy graves como el encubrimiento (art. 277 del CP), la falsa denuncia (art. 245) y el entorpecimiento de las funciones de un funcionario público (art. 241 inc. 2)”.
En el escrito aportado hoy, Alak manifiesta que, “sin perjuicio de que las inconsistencias del testimonio de la nombrada fueran inmediatamente advertidas por los operadores judiciales, no es posible soslayar que el vinculo establecido con funcionarios políticos reviste un hecho de suma gravedad institucional”.
En ese orden, señala que “el viernes 2 de agosto, el canal de noticias C5N puso de relieve que Costa habría intervenido activamente para facilitar la presencia de Fuentes en esta ciudad; dato que fue refrendado luego por el periódico Página/12 en la edición del día siguiente, en la nota 'A toda Costa'. En la nota de este matutino obra una impresión escaneada de la documentación que refrendaría dicha afirmación”.
En virtud de las nuevas circunstancias, el escrito firmado por Alak pide que “se tenga por ampliada la denuncia oportunamente efectuada y por ofrecida la documental aportada” y también solicita que “se dispongan las diligencias probatorias necesarias para la investigación de los extremos señalados en esta presentación”.