En 2013 la Policía Metropolitana reprimió con violencia una concentración de funcionarios del Borda que se oponían a la demolición de un taller protegidoLos jueces de la Cámara del Crimen también ratificaron los sobreseimientos del jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta, del ministro de Seguridad y Justicia, Guillermo Montenegro, y la ministra de Salud, Graciela Reybaud.
La sala IV de la Cámara del Crimen confirmó los sobreseimientos del jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, de la vicejefa María Eugenia Vidal, el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta y del titular de la Policia Metropolitana Horacio Giménez, junto con otros funcionarios del gobierno de la Ciudad por la represión policial en el hospital neuropsiquiátrico Borda ocurrida en abril del 2013. Para los jueces “la intervención de los efectivos policiales no obedeció a una orden arbitraria y generalizada de reprimir emitida por las autoridades superiores de la fuerza u otros funcionarios gubernamentales”
Así lo confirmaron fuentes de la Cámara a Infojus Noticias, quienes destacaron que el fallo se encuentra firmado por los jueces Carlos González y Alberto Seijas y que incluye también el sobreseimiento a otros jefes de la policía, como el subjefe de Metropolitana, Enrique Pedace, y el agente Rubén Pachano. Los ministros de Seguridad y Justicia, Guillermo Montengro, y de Salud, Graciela Reybaud, también fueron sobreseídos. Sólo se ordeno que Daniel Chain, ministro de Desarrollo Urbano de la Ciudad continúe siendo investigado por la demolición del taller protegido N° 19.
En la mañana del 26 de abril de 2013, la fuerza policial porteña invadió el predio del neuropsiquiátrico con topadoras y operarios para demoler el taller protegido. Existía una medida cautelar que impedía tirar abajo las instalaciones, pero el gobierno porteño la desoyó. Ante el primer acercamiento de los trabajadores del Borda, los efectivos repartieron golpes y gases que llegaron a afectar incluso a pacientes y médicos del hospital, legisladores y periodistas que se acercaron para constatar lo que estaba sucediendo.
El 23 de octubre de 2014, en la causa "Macri, Mauricio y otros. S/ Vejaciones y Apremios Ilegales" (Expte. Nº27.116/2013) el juez Adolfo López decretó el procesamiento del comisario Horacio Giménez, jefe actual de la Policía Metropolitana, y el sobreseimiento "en forma arbitraria e infundada a los funcionarios políticos responsables de la brutal represión en el Hospital Borda el 26 de abril del año pasado".
"Disposición moderadora"
Para confirmar el fallo, los camaristas señalaron la "inexistencia de elementos mínimos objetivos, concretos y directos que conlleven a atribuirles algún tipo de participación en el suceso" y lo propio extendieron al jefe de la Policía Metropolitana, Horacio Giménez, pese a que en primera instancia había sido procesado.
"Aún cuando estos funcionarios estuvieran al tanto de los acontecimientos, ello no los vincula o compromete con los excesos de un efectivo policial en el operativo, al punto de considerarlos ejecutores de órdenes abusivas o aquiescentes con el comportamiento desviado de algún subalterno como el que evidenciara el ya sujeto a proceso", agregaron.
“La mera comprobación de contactos telefónicos entablados entre el jefe policial y determinadas autoridades a las que se encontraba subordinado durante la jornada de los episodios investigados, no basta para sustentar la responsabilidad penal a este respecto, atribuible a los funcionarios eventualmente consultados”, explicaron.
Sobre el jefe de la Metropolitana Horacio Giménez, los jueces sostuvieron que “puede verse al jefe policial manteniendo conversaciones con legisladores, pidiendo calma a los manifestantes y ordenando el repliegue de los efectivos policiales”, actitud que para los magistrados “lejos de mostrarlo en alguna actitud de incitación a una represión desmesurada, y por tanto ilegítima, de la protesta o dando órdenes funcionales abusivas a su subalternos”.
Para los magistrado esta “disposición moderadora” del jefe de la policía porteña evidencia “-aun cuando ya se haya corroborado un actuar desmedido del grupo táctico comandado por el comisionado Martín Jorge Roth, cuya responsabilidad por tal exceso condujera a su procesamiento-” que “la intervención de los efectivos policiales no obedeció a una orden arbitraria y generalizada de reprimir emitida por las autoridades superiores de la fuerza u otros funcionarios gubernamentales”.
Los magistrados destacaron que el accionar policial “consistió en una respuesta a las agresiones que con diversos objetos contundentes emprendieron contra ellos algunos sectores de los manifestantes”.
Tras este nuevo fallo de la Cámara sólo permanecen procesados el comisionado de la Policía Metropolitana Martín Roth por el delito de "lesiones leves" y cinco empleados del Borda por "atentado y resistencia a la autoridad".
Chaín debe seguir siendo investigado
Según la sentencia de la Cámara hay que “profundizar” la investigación de las comunicaciones del día previo al operativo de la policía metropolitana con la Procuración General porteña para esclarecer si “obedeció a una estrategia tendiente a preparar el escenario de una falsa causal de inculpabilidad que luego pudiera ser alegada en favor del prevenido”, dicen los jueces. Se trata de comunicaciones entre “el Ministerio de Desarrollo Urbano y la Procuración General entre diciembre de 2012 y mayo de 2013”.
En el expediente sólo quedan procesados el comisionado de la Policía Metropolitana Martín Roth por el delito de lesiones leves y cinco empleados del Borda por los delitos de lesiones, atentado y resistencia a la autoridad contra oficiales de la fuerza.